El trabajo remoto en el Perú: ¿una figura accidental con un futuro prometedor o un llamado a uniformizar la legislación existente?

Descripción del Articulo

Ante el avance de la propagación del coronavirus (COVID-19), el 15 de marzo del 2020 se publicó el Decreto de Urgencia 26-2020 que creó el “trabajo remoto” como una de las medidas excepcionales y temporales para prevenirla. El objetivo de este trabajo de investigación es analizar si debería optarse...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Palacios Palomino, Oridiana Marí
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2020
Institución:Pontificia Universidad Católica del Perú
Repositorio:PUCP-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.pucp.edu.pe:20.500.14657/184146
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.12404/21865
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Trabajo virtual--Perú
Trabajo a domicilio--Legislación--Perú
Teletrabajo--Legislación--Perú
Estado de emergencia--Perú
COVID-19 (Enfermedad)
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:Ante el avance de la propagación del coronavirus (COVID-19), el 15 de marzo del 2020 se publicó el Decreto de Urgencia 26-2020 que creó el “trabajo remoto” como una de las medidas excepcionales y temporales para prevenirla. El objetivo de este trabajo de investigación es analizar si debería optarse por reconocerlo como una figura independiente con las modificaciones pertinentes o adherirlo a una legislación general sobre el trabajo a distancia. Asimismo, como objetivos específicos, primero, se busca establecer el panorama normativo del trabajo a distancia vigente, mediante la comparación y búsqueda de desventajas/vacíos de las normas preexistentes para determinar si el trabajo remoto ofrece una solución novedosa o factible. Segundo, se determinan las implicancias actuales y futuras mediante el mantenimiento de la figura actualmente estudiada. Para el cumplimiento de tales objetivos, tomando como patrón la tipología de la Guía de investigación de en Derecho de la CICAJ, la presente investigación se sitúa en aquella de carácter dogmático o documental; mientras que su objeto de estudio se centrará en la dogmática jurídica. La conclusión principal arriba a que el trabajo remoto no regula un supuesto completamente novedoso, sino que se suma a la legislación previa sobre el trabajo a distancia: trabajo a domicilio y teletrabajo; perpetuando falencias previas y creando nuevas inconsistencias. De esta forma, constituirlo como un modelo permanente, más allá del periodo establecido originalmente, sería un retroceso en la implementación del trabajo a distancia en el Perú.
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