Informe Jurídico sobre la RESOLUCIÓNN° 086-2021-SUNARP-TR

Descripción del Articulo

El autor del presente Informe Jurídico analiza los argumentos más importantes expuestos en la Resolución N° 086-2021-SUNARP-TR para sustentar la admisión al Registro Personal de la sustitución de régimen patrimonial de sociedad de gananciales, por el de separación de patrimonios, en una unión de hec...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Marín Rodríguez, Fenner Benjamín
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2023
Institución:Pontificia Universidad Católica del Perú
Repositorio:PUCP-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.pucp.edu.pe:20.500.14657/195075
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.12404/25519
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Derecho de familia--Perú
Concubinato--Perú
Matrimonio--Régimen patrimonial
Derecho registral--Perú
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:El autor del presente Informe Jurídico analiza los argumentos más importantes expuestos en la Resolución N° 086-2021-SUNARP-TR para sustentar la admisión al Registro Personal de la sustitución de régimen patrimonial de sociedad de gananciales, por el de separación de patrimonios, en una unión de hecho declarada notarial o judicialmente. El autor busca determinar si efectivamente los argumentos esbozados por el Tribunal Registral son suficientes; o si, por el contrario, el Tribunal excede sus funciones de Órgano Administrativo de Segunda Instancia, al permitir que acceda al registro un acto que no se encuentra previamente reconocido como inscribible para los convivientes. Previo al análisis de fondo, el autor presenta un breve repaso histórico de la regulación legal de la unión de hecho en el Perú, desde su primera mención, hasta su actual regulación normativa en la Constitución y el Código Civil, así como algunos ejemplos de cómo países cercanos a esa realidad jurídica y social, han establecido su regulación para la mencionada institución. En relación al caso, el autor identifica y expone los hechos más relevantes, así como los argumentos que utiliza el registrador para sustentar la tacha sustantiva en primera instancia; para posteriormente comenzar con la presentación y el análisis de cada uno de los argumentos de la resolución. El autor finalmente concluye que, si debe proceder el cambio de régimen patrimonial de la unión de hecho, más no por las razones expuestas por el Tribunal Registral.
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