Afectación a la aplicabilidad de los criterios del interés superior del niño y la responsabilidad paternal en la tenencia del menor en centros de conciliación extrajudicial, distrito de San Román-2021

Descripción del Articulo

El principio de interés superior del niño toma relevancia significativa al referirse a derecho fundamentales del niño en el contexto de la conciliación extrajudicial. El objetivo del estudio es explicar si el acuerdo conciliatorio formulado por las partes afecta el interés superior del menor en proc...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Yucra Campos, Jose Carlos
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2024
Institución:Universidad Nacional Del Altiplano
Repositorio:UNAP-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:https://repositorio.unap.edu.pe:20.500.14082/22223
Enlace del recurso:https://repositorio.unap.edu.pe/handle/20.500.14082/22223
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Conciliación
Derechos
Interés Superior del Niño
Principio
Tenencia
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Descripción
Sumario:El principio de interés superior del niño toma relevancia significativa al referirse a derecho fundamentales del niño en el contexto de la conciliación extrajudicial. El objetivo del estudio es explicar si el acuerdo conciliatorio formulado por las partes afecta el interés superior del menor en procesos de conciliación extrajudicial, Distrito de San Roman-2021. Para el análisis de resultados se utilizó el enfoque cualitativo que permitió comprender fenómenos jurídicos, el tipo de estudio fue aplicativo que permite plantear la modificación de la normatividad, el diseño comprende no experimental al no manipular las categorías de análisis, el método para el análisis fue hermenéutica-jurídica que permite la comprensión e interpretación de los documentos que viene a ser expedientes judiciales y actas de conciliación en materia de tenencia. La muestra comprenderá en primer punto actas de conciliación, expedientes judiciales y abogados especializados en Derecho de familia en el distrito de San Román. Resultados: los centros de conciliación extrajudicial obvian criterios y parámetros orientados por el Comité en la OG 14 sobre el principio de interés superior del niño, asimismo, el conciliador no toma en cuenta el interés superior del niño para determinar la responsabilidad paternal, ello lleva a una práctica que afecta los derechos e interés del niño; por otro lado, de las actas de conciliación se ha evidenciado la no aplicabilidad el art. 7 de la Ley 26872, así mismo de las actas no existe fundamento motivación ni argumentos sobre las decisiones tomadas, evidenciando el no cumplimiento de los formalismos establecidos. Conclusión: las actas de conciliación desarrolladas en centros de conciliación no cumplen con garantizar los derechos del niño ni el principio de interés superior del niño.
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