Informe sobre expediente de relevancia jurídica, E-2846, Nº01600-2018, análisis de la causal de faltamiento de palabra realizada por un dirigente sindical

Descripción del Articulo

En el presente informe se abordan los aspectos más destacables del proceso de despido nulo interpuesto por un trabajador contra su empleador, Corporacion Peruana de Productos Quimicos SA. En ese sentido, se evalúa si en medio de un contexto de medidas no colaborativas y antisindicales, resulta válid...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Murillo Díaz, Jackeline Stephanie
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2025
Institución:Pontificia Universidad Católica del Perú
Repositorio:PUCP-Tesis
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:tesis.pucp.edu.pe:20.500.12404/32306
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.12404/32306
Nivel de acceso:acceso embargado
Materia:Despido de empleados--Legislación--Perú
Nulidad (Derecho)
Derecho laboral--Jurisprudencia--Perú
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:En el presente informe se abordan los aspectos más destacables del proceso de despido nulo interpuesto por un trabajador contra su empleador, Corporacion Peruana de Productos Quimicos SA. En ese sentido, se evalúa si en medio de un contexto de medidas no colaborativas y antisindicales, resulta válido el despido de un dirigente sindical cuando este emplea términos inadecuados para referirse a un representante del empleador en una conversación privada entre afiliados al sindicato vía WhatsApp. Para dicho cometido, se identificaron cuatro problemas jurídicos relevantes. Primero, se evalúa si era necesario evaluar la licitud de la obtención de la conversación en WhatsApp. Segundo, si corresponde analizar si el demandante incurrió en las faltas graves previstas en los incisos a) y f) del artículo 25 de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral. Tercero, y a partir de la sentencia de segunda instancia, se evalúa si es que existe una delimitación entre el despido fraudulento y el despido arbitrario y su aplicación al caso en concreto. Por último, se analiza si es que se cometió un despido nulo por la causal demandada, esto es, por represalia o si acaso se incurrió en un despido por vulneración a la libertad sindical. Luego del estudio de la normativa, doctrina, jurisprudencia y hechos del caso, se concluye que es inválido el despido cuando medien una serie de circunstancias que evidencien un trato hostil contra el sindicato, sus dirigentes y afiliados y la falta imputada esté vinculada con el ejercicio de la libertad sindical. Finalmente, consideramos que el presente estudio es jurídicamente relevante. En particular, debido a que a nivel jurisprudencial no se ha llegado a consolidar una postura sobre los ámbitos diferenciales de las causales de faltamiento a la palabra y la injuria, así como se suele desdibujar los límites entre el despido arbitrario y el despido arbitrario. Por ello, consideramos que el presente trabajo aportará a la discusión jurídica de estas materias. Y no solo ello, también se trata de una materia relevante para las relaciones laborales actuales, pues permite brindar mayor claridad a los trabajadores y empleadores sobre la interrelación entre la privacidad y la facultad disciplinaria.
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