La vuelta al empleo tras la jubilación: ¿Es la pensión de jubilación una causal de extinción de la relación laboral?

Descripción del Articulo

Propiciar la actividad laboral luego de jubilarse es una realidad poco habitual y conocida por la ciudadanía, los justiciables e, inclusive, por los operadores de la justicia. Así, luego del estudio de la institución jurídica de la jubilación que incide de manera transversal en el régimen laboral (e...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Paitán Martínez, Javier
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2018
Institución:Pontificia Universidad Católica del Perú
Repositorio:PUCP-Tesis
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:tesis.pucp.edu.pe:20.500.12404/13697
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.12404/13697
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Jubilación--Perú
Pensiones a la vejez--Perú
Pensiones--Legislación--Perú
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:Propiciar la actividad laboral luego de jubilarse es una realidad poco habitual y conocida por la ciudadanía, los justiciables e, inclusive, por los operadores de la justicia. Así, luego del estudio de la institución jurídica de la jubilación que incide de manera transversal en el régimen laboral (edad de retiro o causa de extinción de la relación laboral) y en el régimen previsional o pensionario (edad de acceso a la pensión de jubilación), en concordancia con los criterios jurisprudenciales establecidos por el Tribunal Constitucional y la Corte Suprema, en el presente trabajo se pretender determinar si la pensión de jubilación bajo sus diferentes modalidades –otorgada por la ONP o la AFP– supone o no la extinción de la relación laboral, esto es, si el trabajo y la pensión de jubilación son incompatibles (regla general) o son compatibles (regla excepcional). Al respecto, en esta última situación, la concepción tradicional de la pensión de jubilación viene siendo superada por nuevas concepciones o modalidades (sistema de jubilación flexible y gradual), como las reguladas en la legislación española, a saber: la jubilación parcial, la jubilación flexible y la jubilación activa. He ahí la necesidad de que se abra un nuevo debate sobre el presente y futuro de las pensiones y el trabajo, tanto en el plano doctrinario, legislativo y jurisprudencial, de acuerdo a nuestra realidad social (donde hay más adultos mayores y menos jóvenes).
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