Informe sobre expediente de relevancia jurídica, N°1356- 2004/CPC, E-504, procedimiento iniciado por la Comisión de Protección al Consumidor del INDECOPI contra United Disco S.A (Discoteca Aura)
Descripción del Articulo
El presente informe tiene como objetivo analizar los problemas jurídicos encontrados en el expediente y determinar si la decisión adoptada por la Sala de Defensa de la Competencia del Indecopi se encuentra razonablemente fundamentada y amparada en el Derecho. Nuestra hipótesis inicial es que se conf...
| Autor: | |
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| Formato: | tesis de grado |
| Fecha de Publicación: | 2025 |
| Institución: | Pontificia Universidad Católica del Perú |
| Repositorio: | PUCP-Tesis |
| Lenguaje: | español |
| OAI Identifier: | oai:tesis.pucp.edu.pe:20.500.12404/33243 |
| Enlace del recurso: | http://hdl.handle.net/20.500.12404/33243 |
| Nivel de acceso: | acceso embargado |
| Materia: | Protección del consumidor--Jurisprudencia--Perú Discriminación racial--Aspectos legales--Perú Derecho administrativo--Jurisprudencia--Perú Sanciones administrativas--Jurisprudencia--Perú https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 |
| Sumario: | El presente informe tiene como objetivo analizar los problemas jurídicos encontrados en el expediente y determinar si la decisión adoptada por la Sala de Defensa de la Competencia del Indecopi se encuentra razonablemente fundamentada y amparada en el Derecho. Nuestra hipótesis inicial es que se configuró un acto discriminatorio por razones étnicas y de procedencia geográfica por parte de United Disco S.A (en adelante “Aura”), en contra de dos de los participantes en el operativo de inspección, debido a que se le impidió el ingreso a la pareja que contaba con características físicas mestizas y era de nacionalidad peruana, mientras que a la pareja de rasgos caucásicos y que tenía como uno de sus miembros a un extranjero, se le permitió la entrada sin inconvenientes. Para dicho análisis nos apoyaremos en los cuerpos normativos vigentes en aquel momento (2004) los cuales son: el Decreto Legislativo N° 716, la Ley N° 27049, la Ley N° 27444, el Decreto Legislativo N° 807; así como el uso de doctrina y jurisprudencia pertinente. La conclusión principal a la que llegamos es que se produjo un trato discriminatorio y no un trato diferenciado, ya que, no existían razones objetivas para que el personal del establecimiento impidiera el ingreso a la pareja de rasgos mestizos. Asimismo, concluimos que el local era de acceso público y no restringido, por lo que sí correspondía aplicarle lo dispuesto por el artículo 7-B de la Ley de Protección al Consumidor, y que no hubo vulneración del derecho de libertad de contratación de Aura, pues lo que buscó Indecopi desde un inicio, fue velar por los derechos de los consumidores, en específico por el derecho a la igualdad y no discriminación, lo cual se encuentra dispuesto dentro de sus funciones como institución estatal. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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