Informe Jurídico sobre la Sentencia N°01470-2016-PHC/TC del Tribunal Constitucional

Descripción del Articulo

El Centro de Apoyo Nutricional de Arequipa ha venido proporcionando alimentos a personas en situación de vulnerabilidad por más de 50 años. No obstante, debido a ya no tener local por el término de una concesión, este Centro podría dejar de funcionar. Es por ello que, en el presente Informe se anali...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Salcedo Mosquera, Rosa Isabella
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2023
Institución:Pontificia Universidad Católica del Perú
Repositorio:PUCP-Tesis
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:tesis.pucp.edu.pe:20.500.12404/25671
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.12404/25671
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Derecho a la alimentación--Perú
Pobreza--Perú--Arequipa
Derecho constitucional--Jurisprudencia--Perú--Arequipa
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:El Centro de Apoyo Nutricional de Arequipa ha venido proporcionando alimentos a personas en situación de vulnerabilidad por más de 50 años. No obstante, debido a ya no tener local por el término de una concesión, este Centro podría dejar de funcionar. Es por ello que, en el presente Informe se analizará si es que la inminente clausura del Centro vulneraría el derecho a la alimentación adecuada de los beneficiarios. Para este análisis, se debe determinar si el derecho a la alimentación, en tanto DESCA, es judiciable en el ordenamiento jurídico peruano; y, si es que el servicio de alimentación brindado por el Centro correspondería a obligación mínima esencial del Estado, la cual si es que no se cumpliría vulneraría el derecho a la alimentación. Para poder realizar este análisis se empleará instrumentos normativos tanto internacionales como del derecho interno peruano. Respecto a los primeros, serán de utilidad la DUDH, el PIDESC, la CADH, el PSS, y la jurisprudencia de la CorteIDH. Por su parte, en la norma interna se utilizará la Constitución y el Código Procesal Constitucional. De la presente investigación se puede concluir que, el cierre del referido Centro constituiría una vulneración al derecho de alimentación adecuada, por cuanto los beneficiarios no podrían disponer ni acceder a alimentos que les permita tener una vida digna. Asimismo, el Estado estaría incumpliendo su obligación de efectivizar progresivamente de los DESCA.
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