Resolución Nº 0369-2015/CEB-INDECOPI

Descripción del Articulo

Se declara que constituye barrera burocrática ilegal la exigencia de presentar un expediente técnico de las características especiales del circuito de manejo, materializada en el artículo 2º de la Resolución Directoral Nº 3634-2013-MTC/15, modificada por el artículo 1º de la Resolución Directoral Nº...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, INDECOPI. Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas
Fecha de Publicación:2015
Institución:Instituto Nacional de Defensa de La Competencia y de La Protección de La Propiedad Intelectual
Repositorio:INDECOPI-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.indecopi.gob.pe:11724/4760
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/11724/4760
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Barreras burocráticas
Ministerios
Ministerio de Transportes y Comunicaciones
Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías
Jurisprudencia
Descripción
Sumario:Se declara que constituye barrera burocrática ilegal la exigencia de presentar un expediente técnico de las características especiales del circuito de manejo, materializada en el artículo 2º de la Resolución Directoral Nº 3634-2013-MTC/15, modificada por el artículo 1º de la Resolución Directoral Nº 430-2014-MTC/15; efectivizada en el Oficio Circular N° 007-2014-MTC/15.03. La ilegalidad de esta medida radica en lo siguiente: (i) Se contraviene el artículo 23º de la Ley Nº 27181, Ley General del Transporte y Tránsito Terrestre, según el cual las disposiciones en materia de tránsito y transporte que emita el Ministerio deben ser aquellas establecidas en reglamentos aprobados por decreto supremo. (ii) Se contraviene el Principio de Legalidad de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, toda vez que no se ha respetado el marco legal vigente al exigir requisitos mediante la referida resolución directoral.
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