Informe técnico del primer monitoreo participativo de la calidad del sedimento en medio acuático en las cuencas de los ríos Caplina, Maure, Uchusuma, Locumba y Sama, 2014 (realizado del 15/08/2014 al 26/08/2014)

Descripción del Articulo

En el ámbito de la cuenca del rio Caplina, Maure, Uchusuma e lntercuenca 13155 del ámbito de la Administración Local de Agua Tacna a la fecha no existen vertimientos de aguas residuales tratadas, autorizados por la Autoridad Nacional del Agua. Las aguas residuales son reutilizadas por usuarios agrar...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autores: Autoridad Nacional del Agua. Proyecto de Modernización de la Gestión de los Recursos Hídricos, Autoridad Nacional del Agua. Dirección de Gestión de Calidad de los Recursos Hídricos, Autoridad Nacional del Agua. Autoridad Administrativa del Agua Caplina - Ocoña. Administración Local de Agua Tacna
Formato: informe técnico
Fecha de Publicación:2014
Institución:Autoridad Nacional del Agua
Repositorio:ANA-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.ana.gob.pe:20.500.12543/2833
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12543/2833
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Monitoreo participativo del agua
Vertimientos de aguas superficiales
Fuentes contaminantes
Análisis del agua
Red de puntos de monitoreo de calidad de agua
Vigilancia y monitoreo de la calidad del agua
Descripción
Sumario:En el ámbito de la cuenca del rio Caplina, Maure, Uchusuma e lntercuenca 13155 del ámbito de la Administración Local de Agua Tacna a la fecha no existen vertimientos de aguas residuales tratadas, autorizados por la Autoridad Nacional del Agua. Las aguas residuales son reutilizadas por usuarios agrarios. En el ámbito de la Administración Local de Agua Locumba Sama, existe una autorización otorgada por la Autoridad Nacional del Agua a la Empresa minera SOUTHERN PERU COPPER CORPORATION, sucursal del Perú para que realice el vertimiento de aguas residuales industriales tratadas procedentes del Embalse de Relaves de Quebrada Honda, por un volumen anual de 3 081134 m3 (98 l/s) según Resolución Directora! Nº 151-2013-ANA-DGCRH y Resolución Directora! Nº 331-2013-ANA-DGCRH (26.12.2013) con un tiempo de autorización de tres (03) años.
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