Informe Jurídico sobre Expediente N° 10969/2024. TCE

Descripción del Articulo

En el presente estudio de análisis jurídico se examina el recurso de apelación interpuesto por el postor WILTOR S.A.C contra la resolución que otorga la buena pro al Consorcio Vallejo conformado por las empresas IVAL CONTRATISTAS E.I.R.L. y FVC INGENIERIA & CONSTRUCCION E.I.R.L. en el procedimie...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Barrientos Pareja, Breyshom Marcelino
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2025
Institución:Universidad Privada Norbert Wiener
Repositorio:UWIENER-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.uwiener.edu.pe:20.500.13053/14832
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.13053/14832
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Estructura administrativa
Asesoramiento jurídico
Norma
Administrative structure
Legal aid
Standards
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
ODS 16: Paz, justicia e instituciones sólidas. Promover sociedades pacíficas e inclusivas para el desarrollo sostenible, facilitar el acceso a la justicia para todos y construir a todos los niveles instituciones eficaces e inclusivas que rindan cuentas
Descripción
Sumario:En el presente estudio de análisis jurídico se examina el recurso de apelación interpuesto por el postor WILTOR S.A.C contra la resolución que otorga la buena pro al Consorcio Vallejo conformado por las empresas IVAL CONTRATISTAS E.I.R.L. y FVC INGENIERIA & CONSTRUCCION E.I.R.L. en el procedimiento de selección de la Adjudicación Simplificada N° 03-2024-MDA/CS-1, para la contratación de la ejecución de la obra Construcción de Cerco Perimétrico en la I.E. 82081 del Centro Poblado Cesar Vallejo - Distrito de Agallpampa - Provincia Otuzco - Departamento de la Libertad, recurso seguido en el Expediente N° 10969/2024.TCE, visto por la Quinta Sala del Tribunal de Contrataciones del Estado. Dicho recurso fue absuelto por la Representante Común del Consorcio Vallejo adjudicada con la buena pro quien argumentó que la pretensión del impugnante resulta sin sustento, debiendo ser declarada infundada y conservando la adjudicación de la buena pro a favor de su representada. Asimismo, mediante Informe Técnico Legal N° 418-2024- OGAJ/MDA, la Oficina General de Asesoría Jurídica de la Municipalidad Distrital de Agallpampa, fundamentó la posición de la entidad; concluyendo que el postor impugnante no tiene sustento legal, pues no se evidencia que el comité haya evaluado incorrectamente la oferta del postor adjudicado con la buena pro y que el Tribunal de Contrataciones del Estado deberá confirmar la decisión tomada por el comité de selección y declarar infundada las pretensiones interpuestas por el postor impugnante. Finalmente, mediante resolución N°04612-2024-TCE-S5 de fecha 19 de noviembre de 2024, la Quinta Sala del Tribunal de Contrataciones del Estado resuelve declarar infundado el recurso de apelación interpuesto por el postor WILTOR S.A.C y ordena confirmar la buena pro de la Adjudicación Simplificada N° 03-2024-MDA/CS-1, otorgada al postor adjudicado Consorcio Vallejo conformado por las empresas IVAL CONTRATISTAS E.I.R.L. y FVC INGENIERIA & CONSTRUCCION E.I.R.L, quedando agotada la vía administrativa. Visto lo actuado, se identificará y analizará los principales puntos controvertidos del caso en concreto, conforme a la normativa actualizada y a la doctrina.
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