“Indemnización por daño moral y proyecto de vida, Lima, 2023, caso 07347-2022-0-1801-JR-LA-01” (Resolución N° 04-2023 de la Corte Superior de Justicia, 17ª Juzgado Especializado de Trabajo Permanente)

Descripción del Articulo

Introducción, La indemnización es aquella que se deriva por ocasionar daño moral y proyecto de vida a la persona. Objetivo, fue analizar el impacto que tiene en la victima y en que medida afecta estas consecuencias en su vida personal. Metodología, paradigma naturalista, con enfoque cualitativo, med...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Choquehuanca Quispe, Betty Yessica
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2023
Institución:Universidad Privada Norbert Wiener
Repositorio:UWIENER-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.uwiener.edu.pe:20.500.13053/9714
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.13053/9714
Nivel de acceso:acceso embargado
Materia:Indemnización
Daño
Moral
Proyecto
Vida
Víctima
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:Introducción, La indemnización es aquella que se deriva por ocasionar daño moral y proyecto de vida a la persona. Objetivo, fue analizar el impacto que tiene en la victima y en que medida afecta estas consecuencias en su vida personal. Metodología, paradigma naturalista, con enfoque cualitativo, mediante el método inductivo, de tipo básica, diseño estudio de caso, por su nivel es exploratorio y descriptivo, técnica recogida de datos y análisis documentario bajo el caso Nª 07347-2022-0-1801-JR-LA 01) de 17ª Juzgado Especializado de Trabajo Permanente. Resultado en nuestro país falta uniformizar los criterios que tienen los jueces al determinar el daño y el quantum, el efecto que produce en las víctimas la falta de razonabilidad, falta de valoración de medios probatorios y falta de discernimiento al no reconocer las consecuencias secundarias que produjo la acción que causo el perjuicio. Conclusión, buscar mecanismos para que los jueces puedan tener un mismo criterio y manejar un concepto único del daño y hasta que punto se reconoce este daño, regular el vacío legal para que no sea afectado la víctima y que tampoco sirva para un enriquecimiento ilícito. Finalmente se recomienda al estado subsanar estasfalencias, con el objetivo de garantizar los derechos fundamentales y evitar la incertidumbre, la inseguridad y la deslegitimación del sistema jurídico
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