Primacia del derecho a la identidad y el interés superior del menor frente a RENIEC, resolución pleno 50-2023 tribunal constitucional
Descripción del Articulo
Introductoriamente expresamos que, se inicia con la demanda contra el Reniec y el padre de menor. La demandante argumenta que se alteró unilateralmente orden de apellidos de hija, M. S. sin notificación ni consentimiento, y busca corregir esta situación; esto es, la solicitud de la demandante es que...
| Autor: | |
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| Formato: | tesis de grado |
| Fecha de Publicación: | 2023 |
| Institución: | Universidad Privada Norbert Wiener |
| Repositorio: | UWIENER-Institucional |
| Lenguaje: | español |
| OAI Identifier: | oai:repositorio.uwiener.edu.pe:20.500.13053/10781 |
| Enlace del recurso: | https://hdl.handle.net/20.500.13053/10781 |
| Nivel de acceso: | acceso embargado |
| Materia: | Derecho al nombre Identidad dinámica No discriminación Participación judicial Derecho fundamental Primacía constitucional https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 |
| Sumario: | Introductoriamente expresamos que, se inicia con la demanda contra el Reniec y el padre de menor. La demandante argumenta que se alteró unilateralmente orden de apellidos de hija, M. S. sin notificación ni consentimiento, y busca corregir esta situación; esto es, la solicitud de la demandante es que se corrijan los nombres y la ordenación de apellidos de la menor en la partida de nacimiento y que se emite una nueva partida identificando a su hija con el nombre correcto de la primera partida: M. S. Canales Concha y no como arbitrariamente se canceló esta para una segunda partida como: M. S. Concha Canales basados en la Carta política que respaldan el derecho a igualdad e identidad. El objetivo fue determinar la naturaleza jurídica de la primacía del derecho a la identidad y el interés superior del menor frente al formalismo del Reniec en la Resolución del Pleno 5-2023 por el T.C. Metodológicamente fue de corte cualitativo, tipología básica, nivel descriptivo con la técnica del análisis hermenéutico. El resultado fue que se resalta la importancia del Pleno 50-2023 en su capacidad de ser referente jurisprudencial al sentar las bases de la primacía de principios contra reglas conforme al Derecho teóricamente y la conclusión fue que se prepondera como principios de la teoría derecho a la identidad en cuanto al derecho al nombre e identidad dinámica; y la categoría: interés superior del niño conforme a la no discriminación y participación del niño en los procesos judiciales. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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