Norma A.130. Requisitos de seguridad

Descripción del Articulo

Capitulo XI: almacenes. La presente Norma es aplicable a almacenes para mercancías secas, perecibles o no perecibles, refrigeradas o no refrigeradas, liquidas (inflamables, combustibles o no combustibles), y materiales peligrosos. También es aplicable a un recinto que contenga menos de 120 galones (...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Perú, Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento
Formato: libro
Fecha de Publicación:2014
Institución:Universidad Privada del Norte
Repositorio:UPN-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.upn.edu.pe:11537/29012
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/11537/29012
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Normas de construcción
Construcción
Almacenes
Centro de diversión
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#6.04.08
Descripción
Sumario:Capitulo XI: almacenes. La presente Norma es aplicable a almacenes para mercancías secas, perecibles o no perecibles, refrigeradas o no refrigeradas, liquidas (inflamables, combustibles o no combustibles), y materiales peligrosos. También es aplicable a un recinto que contenga menos de 120 galones (en envases o tanques) de líquidos combustibles o inflamables. Capitulo XII: centro de diversión. Para los propósítos de esta norma, se aplican las siguientes definiciones: • Centro de Diversión - Tipo A: Establecimiento para escuchar música grabada o en vivo, para bailar y que no cuenta con efectos de luces (movimiento y/o colores), efectos especiales u otros. El establecimiento puede ser una edificación independiente o formar parte de otra mayor. • Centro de Diversión - Tipo B: Es1ablecimie.nto para escuchar música grabada o en vivo, para bailar y que si cuenta con efectos de luces (movimiento y/o colores) . efectos especiales u otros. El establecimiento puede ser una edificación independiente o formar parte de otra mayor. • Centro de Diversión - Tipo C: Establecimiento para escuchar música grabada o en vivo 1 que cuenta con efectos de luces (movimiento y/o colores) y no cuenta con pista de baile. El establecimiento puede ser una edificación independiente o formar parte de otra mayor. • Casinos y/o Tragamonedas : Establecimiento donde se juega con máquinas tragamonedas ylo con juegos de casino. El establecimiento puede ser una edificación independiente o formar parte de otra mayor. • Sala de Espectáculos (No Deportivos) : Establecimiento donde el público presencia actuaciones , representaciones , exhibiciones, proyecciones o audiciones, con un aforo de 50 o más personas. El establecimiento puede ser una edificación independiente o formar parte de otra mayor.
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