La vulneración del principio de capacidad contributiva en la aplicación de los sistemas de compensación de pérdidas tributarias en la determinación del impuesto a la renta empresarial de contribuyentes domiciliados en el Perú

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RESUMEN La Constitución Política del Perú confiere al Estado peruano potestad tributaria traducida esta como: la facultad de crear, modificar y suprimir tributos, a través de la ley o decreto legislativo en caso de delegación de facultades; cabe indicar, que la referida facultad está limitada por pr...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Cacho Abanto, Exilda Estefany
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2017
Institución:Universidad Privada del Norte
Repositorio:UPN-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.upn.edu.pe:11537/10658
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/11537/10658
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Derecho tributario
Sistema tributario peruano
Régimen tributario
Impuestos
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:RESUMEN La Constitución Política del Perú confiere al Estado peruano potestad tributaria traducida esta como: la facultad de crear, modificar y suprimir tributos, a través de la ley o decreto legislativo en caso de delegación de facultades; cabe indicar, que la referida facultad está limitada por principios constitucionales tributarios explícitos e implícitos, los cuales reglan la actuación del legislador y garantizan los derechos de los contribuyentes. El presente trabajo de investigación se centra en determinar la vulneración al principio de capacidad contributiva por los sistemas de compensación de pérdidas tributarias de contribuyentes domiciliados en el Perú generadores de renta empresarial, establecidos en el artículo 50° de la Ley del Impuesto a la Renta. Los resultados obtenidos muestran que los dos sistemas de compensación de pérdidas tributarias vulneran al principio de capacidad contributiva, ya que una vez transcurrido el plazo límite para compensar el resultado negativo o limitar la compensación del cien por ciento (100%) de la pérdida, las empresas domiciliadas en el Perú generadoras de renta empresarial cuya determinación de renta neta imponible se basa en deducciones permitidas por ley terminan pagando sobre una renta inexistente. En ese sentido y con la finalidad de tener un sistema tributario justo, cuyos cánones de justicia se fundamenten en el deber de contribuir acorde con la capacidad contributiva que ostentan los contribuyentes, se plantean modificaciones al artículo 50° de la Ley del Impuesto a la Renta, estableciendo un sistema de compensación de pérdidas tributarias libre de límites temporales y cuantitativos.
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