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Circulares y discrecionalidad en el ámbito tributario: En torno a los límites de la facultad discrecional de SUNAT para aplicar sanciones tributarias

Descripción del Articulo

La presente investigación aborda los límites al ejercicio de la facultad discrecional que efectúa la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (en adelante SUNAT) de las circulares internas para determinar si sanciona o no una infracción tributaria, facultad que ha sido otorga...

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Detalles Bibliográficos
Autores: Gonzáles Trebejo, Cinthia Vanessa, Velásquez Yupanqui, Jenny Melina
Formato: tesis de maestría
Fecha de Publicación:2018
Institución:Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas
Repositorio:UPC-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorioacademico.upc.edu.pe:10757/625557
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/10757/625557
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Administración tributaria
Código tributario
Procedimiento tributario
Derecho tributario
Derecho a la empresa
Descripción
Sumario:La presente investigación aborda los límites al ejercicio de la facultad discrecional que efectúa la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (en adelante SUNAT) de las circulares internas para determinar si sanciona o no una infracción tributaria, facultad que ha sido otorgada a dicha entidad de acuerdo con lo señalado en el Art. 82 del Código Tributario (en adelante CT). Estos límites son los principios de interdicción de la arbitrariedad, razonabilidad, legalidad e igualdad, que se encuentran reconocidos de forma expresa e implícita tanto en la Constitución Política del Perú como en la Ley de Procedimiento Administrativo General – Ley N° 27444. Como resultado de la presente investigación se acredita la necesidad de incorporar estos principios expresamente en el CT como límites al ejercicio de la facultad discrecional que tiene la SUNAT para aplicar sanciones, hecho que coadyuvará a que su ejercicio no sea realizado de manera arbitraria. Finalmente, como conclusión principal del trabajo, todos los criterios objetivos establecidos en circulares para la no aplicación de sanciones en determinadas infracciones tributarias, deberían ser publicados y encontrarse regulados en resoluciones de superintendencia, permitiendo así que el contribuyente pueda conocerlas y, de esta manera, obligar a la SUNAT aplicar los criterios de discrecionalidad de no aplicar sanciones en determinadas infracciones tributarias.
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