Los Efectos Jurídicos por falta de motivación del acto administrativo emitido por empresas operadoras
Descripción del Articulo
El presente trabajo de suficiencia profesional versa sobre cuáles son los efectos jurídicos de un acto administrativo emitido por una empresa operadora de servicio que no cumple con motivar su decisión. Toda entidad tiene la obligación de dictar actos administrativos motivados, por tratarse de uno d...
| Autores: | , |
|---|---|
| Formato: | tesis de grado |
| Fecha de Publicación: | 2023 |
| Institución: | Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas |
| Repositorio: | UPC-Institucional |
| Lenguaje: | español |
| OAI Identifier: | oai:repositorioacademico.upc.edu.pe:10757/671269 |
| Enlace del recurso: | http://hdl.handle.net/10757/671269 |
| Nivel de acceso: | acceso abierto |
| Materia: | Administración pública Principio de debida motivación Acto administrativo Procedimiento administrativo Telecomunicaciones T.U.O de la Ley 27444 Public Administration Principle of due motivation Administrative act Administrative procedure Telecommunications T.U.O. of Law 27444 https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00 |
| Sumario: | El presente trabajo de suficiencia profesional versa sobre cuáles son los efectos jurídicos de un acto administrativo emitido por una empresa operadora de servicio que no cumple con motivar su decisión. Toda entidad tiene la obligación de dictar actos administrativos motivados, por tratarse de uno de los requisitos de validez, cuyo incumplimiento deja sin efecto jurídico el acto emitido. Asimismo, se estudió la importancia de justificar las decisiones adoptadas por la administración pública al emitir actos administrativos, no solo por una exigencia formal sino por la relevancia de los fundamentos sustanciales de cada decisión, ya que afectan directamente los derechos de los administrados y el debido procedimiento. Por otro lado, se enfatizó sobre la facultad y obligación que tienen las empresas operadoras para emitir actos administrativos a fin de cumplir con el procedimiento administrativo regulado en el TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley No 27444, en concordancia con el Reglamento para la Atención de Reclamos de Usuarios de Servicios Públicos de Telecomunicaciones- Resolución del Consejo Directivo N.º 047-2015-CD-OSIPTEL. En esta investigación se usó como herramienta la observación y como tipo de fuente el análisis doctrinario. Y se llegó a la conclusión que se vulneró el derecho a la debida motivación, debido a que la empresa operadora, Telefónica S.A.A., no expone las razones para declarar infundado el recurso del reclamo. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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