DRAWBACK, subsidio encubierto o incentivo a las exportaciones

Descripción del Articulo

El DRAWBACK peruano es una herramienta fiscal que permite al productor – exportador obtener como ingreso extraordinario, la restitución de los aranceles pagados por el insumo importado que sea consumido o incorporado en la mercancía exportada, mediante el cálculo de un porcentaje sobre el valor FOB...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Alcocer Portugal, Christian
Formato: tesis de maestría
Fecha de Publicación:2025
Institución:Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas
Repositorio:UPC-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorioacademico.upc.edu.pe:10757/688431
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/10757/688431
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Drawback
Drawback simplificado
Subsidio
Subvención
Duty drawback
Simplified duty drawback
Subsidy
Grant
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.00.00
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:El DRAWBACK peruano es una herramienta fiscal que permite al productor – exportador obtener como ingreso extraordinario, la restitución de los aranceles pagados por el insumo importado que sea consumido o incorporado en la mercancía exportada, mediante el cálculo de un porcentaje sobre el valor FOB declarado en su exportación, lo que se conoce como DRAWBACK simplificado. A pesar de su importancia, existen detractores que abogan la modificación o derogación del DRAWBACK simplificado, por considerarlo como un subsidio encubierto que casi siempre, restituye un monto mayor a los aranceles pagados. Este trabajo de investigación cualitativa ha sido diseñado para analizar la naturaleza del DRAWBACK y determinar si el régimen es un subsidio encubierto o un incentivo para los exportadores. Mediante el estudio de diversos recursos y el análisis de la legislación del DRAWBACK en otros países miembros de la Comunidad Andina de Naciones (CAN), así como de la legislación de la Organización Mundial de Comercio (OMC), se ha podido concluir y fundamentar que el DRAWBACK simplificado no es un subsidio encubierto porque su existencia está permitida por ser un instrumento fiscal que no supera el porcentaje “Ad Valorem” del 5% establecido por la OMC.
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