Expediente público N° 271-2013/cpc y expediente privado N°14135-2012-0-1801-JR-FC-20

Descripción del Articulo

El expediente público asignado para optar por el título profesional de abogado trata acerca de la denuncia interpuesta por el señor V.V.V. contra de Backus y Wong por presuntas infracciones al deber de información, deber de inocuidad, deber de idoneidad y deber de atención de reclamos. El órgano de...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Fara Allison Ortega Huaman
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2023
Institución:Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas
Repositorio:UPC-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorioacademico.upc.edu.pe:10757/668003
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/10757/668003
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Protección al consumidor
Deber de información
Deber de idoneidad
Deber de inocuidad
Deber de atención de reclamos
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:El expediente público asignado para optar por el título profesional de abogado trata acerca de la denuncia interpuesta por el señor V.V.V. contra de Backus y Wong por presuntas infracciones al deber de información, deber de inocuidad, deber de idoneidad y deber de atención de reclamos. El órgano de primera instancia declaró infundada la denuncia casi en todos los extremos de esta con excepción de la conducta referida a la imposibilidad por parte del denunciante de interponer un reclamo en la línea telefónica de atención al cliente de Backus desde un teléfono fijo, extremo que fue declarado fundado, dado que no se informó la restricción consistente en que únicamente se tenía acceso a dicho número a través de un teléfono fijo. Únicamente se apeló el extremo que fue declarado fundado por la Comisión, el cual fue confirmado por la Sala. Además, dicho órgano de primera instancia redujo la sanción de 2 UIT a 1 UIT.
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