Aplicación del principio de primacía de la realidad en la regulación de beneficios económicos colectivos
Descripción del Articulo
        En la presente investigación se analizará la Casación Laboral N° 49503-2022-LIMA de fecha 09 de marzo del 2023, donde la Corte Suprema amparó a favor de Edwin Lucio Cristóbal Jave los beneficios económicos de racionamiento, movilidad y pre-escolaridad establecidos en el punto cuarto de la parte reso...
              
            
    
                        | Autores: | , | 
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| Formato: | tesis de grado | 
| Fecha de Publicación: | 2023 | 
| Institución: | Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas | 
| Repositorio: | UPC-Institucional | 
| Lenguaje: | español | 
| OAI Identifier: | oai:repositorioacademico.upc.edu.pe:10757/671960 | 
| Enlace del recurso: | http://hdl.handle.net/10757/671960 | 
| Nivel de acceso: | acceso abierto | 
| Materia: | Conceptos remunerativos Conceptos no remunerativos Convenio colectivo Cláusulas delimitadoras Fuerza vinculante Norma más favorable Remunerative concepts Non-remunerative concepts Collective agreement Delimiting clauses Binding force Most favorable norm https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00 | 
| Sumario: | En la presente investigación se analizará la Casación Laboral N° 49503-2022-LIMA de fecha 09 de marzo del 2023, donde la Corte Suprema amparó a favor de Edwin Lucio Cristóbal Jave los beneficios económicos de racionamiento, movilidad y pre-escolaridad establecidos en el punto cuarto de la parte resolutiva del Laudo Arbitral 2014, el cual resolvió la negociación colectiva 2013-2014 entre la Municipalidad Metropolitana de Lima y el Sindicato de Trabajadores Obreros Municipales de Lima - SITRAOML. Los instrumentos utilizados para realizar el análisis de la presente sentencia casatoria fueron artículos académicos, tesis, libros, revistas especializadas, jurisprudencia y las leyes aplicables al caso específico. De esta manera, el presente trabajo se encargará de desarrollar los tipos de cláusulas presentes en los convenios colectivos, la aplicación de la norma más favorable y el criterio de fuerza vinculante, así como la desnaturalización de los conceptos no remunerativos, aplicando el principio de primacía de la realidad en los supuestos que se perpetre un fraude a las normas laborales. Finalmente, tras realizar un análisis exhaustivo se concluirá que los argumentos precisados por la Municipalidad no son adecuados y que la Corte Suprema no desarrolló los temas cruciales para resolver el objeto materia de controversia: las cláusulas delimitadoras en el convenio colectivo y la naturaleza jurídica de las condiciones de trabajo, lo cual representa un aspecto fundamental a fin de determinar si los beneficios reclamados correspondian ser otorgados a la parte demandante, o de lo contrario, ser desestimados. | 
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 Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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