LinkedIn y competencia desleal: lecciones de la Resolución 0108-2025/SDC-INDECOPI
Descripción del Articulo
Este trabajo analiza la Resolución N.º 0108-2025/SDC-INDECOPI (Exp. 167-2023/CCD), en la que la Sala Especializada en Defensa de la Competencia confirmó la improcedencia de una denuncia por competencia desleal relacionada con afirmaciones en un perfil de LinkedIn. El estudio se centra en delimitar e...
| Autores: | , |
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| Formato: | tesis de grado |
| Fecha de Publicación: | 2025 |
| Institución: | Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas |
| Repositorio: | UPC-Institucional |
| Lenguaje: | español |
| OAI Identifier: | oai:repositorioacademico.upc.edu.pe:10757/687964 |
| Enlace del recurso: | http://hdl.handle.net/10757/687964 |
| Nivel de acceso: | acceso abierto |
| Materia: | Competencia Desleal Finalidad Concurrencial Engaño Aprovechamiento de la Reputación Ajena Plataformas Digitales Contenido Digital INDECOPI Unfair Competition Competitive Purpose Deception Exploitation of Another’s Reputation Digital Platforms Digital Content https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00 https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 |
| Sumario: | Este trabajo analiza la Resolución N.º 0108-2025/SDC-INDECOPI (Exp. 167-2023/CCD), en la que la Sala Especializada en Defensa de la Competencia confirmó la improcedencia de una denuncia por competencia desleal relacionada con afirmaciones en un perfil de LinkedIn. El estudio se centra en delimitar el ámbito objetivo de la Ley de Represión de la Competencia Desleal frente a manifestaciones en entornos digitales profesionales, y contrasta los subtipos de engaño y aprovechamiento indebido de la reputación ajena con la exigencia de finalidad concurrencial y relevancia para el proceso competitivo. Metodológicamente, se realiza (i) síntesis del caso y de los fundamentos de la Sala; (ii) revisión doctrinal y jurisprudencial sobre actos de competencia desleal en plataformas digitales; (iii) derecho comparado selectivo; y (iv) una apreciación crítica que evalúa los estándares probatorios aplicables a contenidos de auto-presentación profesional. Los principales hallazgos muestran que, cuando las afirmaciones cuestionadas no guardan vinculación directa con la oferta o promoción de bienes/servicios ni generan un riesgo idóneo para distorsionar decisiones en el mercado, no se configura un acto de competencia desleal bajo la LRCD. Asimismo, el caso aporta criterios para distinguir entre proyección reputacional personal y conducta concurrencial. El trabajo concluye proponiendo pautas operativas para autoridades y operadores: prueba de finalidad concurrencial, idoneidad engañosa y pertinencia competitiva del contenido digital; lineamientos para denunciantes sobre carga probatoria; y recomendaciones para políticas de cumplimiento en el uso de perfiles profesionales. Esta delimitación contribuye a la seguridad jurídica en el control de conductas en redes profesionales. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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