El consentimiento voluntario como método de filiación en casos de reproducción asistida, Arequipa 2019
Descripción del Articulo
El objetivo: La presente investigación tiene la finalidad de determinar la necesidad de la regulación del consentimiento voluntario como método de filiación en casos de reproducción asistida. Enfoque: El enfoque empleado es el mixto porque se recolecta, analiza y estudia los datos encontrados sobre...
| Autores: | , |
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| Formato: | tesis de grado |
| Fecha de Publicación: | 2020 |
| Institución: | Universidad Tecnológica del Perú |
| Repositorio: | UTP-Institucional |
| Lenguaje: | español |
| OAI Identifier: | oai:repositorio.utp.edu.pe:20.500.12867/4588 |
| Enlace del recurso: | https://hdl.handle.net/20.500.12867/4588 |
| Nivel de acceso: | acceso abierto |
| Materia: | Procreación artificial Derechos reproductivos https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00 |
| Sumario: | El objetivo: La presente investigación tiene la finalidad de determinar la necesidad de la regulación del consentimiento voluntario como método de filiación en casos de reproducción asistida. Enfoque: El enfoque empleado es el mixto porque se recolecta, analiza y estudia los datos encontrados sobre el tema de investigación y de igual forma se hace el empleo de fichas de entrevista y fichas de información con la finalidad de entrevistar a los especialistas sobre el tema en cuestión, para así obtener una percepción sobre el tema planteado. Método: Es una investigación dogmática o sistemática al querer positivizar al consentimiento voluntario como un método de filiación. Tipo: La presente investigación es de tipo descriptivo y jurídico explicativo, ya que se observa la realidad del problema en nuestra sociedad, además este tipo de investigación se orienta al conocimiento de la realidad social y cómo se presenta en una situación, se busca dar a conocer las características del tema. Diseño: El diseño es no experimental. La población está conformada por 5 abogados especialistas enderecho de familia. Instrumento: El instrumento que se empleó en la presente investigación es una ficha de observación, mediante la cual se analiza la legislación de derecho comparado. Resultados:De las entrevistas se desprende que en la actualidad los casos de reproducción asistida se determinan con el vínculo biológico, así mismo en las respuestas se puede observar en cuanto a su determinación que debe primar el principio de interés superior del niño. En relación a como se da la filiación en los casos de reproducción asistida en nuestra legislación una determinación filial automática utilizando TERAS no existe en nuestro ordenamiento, las respuestas de los entrevistados varían desde el parentesco consanguíneo hasta la adopción. En cuanto al CV los entrevistados manifiestan que este acto jurídico debe ser exteriorizado y debe ser un método filial, ya que expresa la voluntad de querer ser padres y debe estar previamente escrito y existe la principal limitación va a ser que no exista una regulación para todos estos casos analizados. En cuanto a la opinión de los entrevistados acerca de otras legislaciones en las cuales se encuentra regulado el consentimiento voluntario como método de filiación, su opinión es relativa, es decir los especialistas en familia no están muy involucrados en relación a las TERAS además de acuerdo a las respuestas brindadas se considera que la FIV es la que debería estar regulada en nuestro ordenamiento ya que esta es más accesible. Conclusiones: PRIMERO: Con la finalidad de evitar problemas sobre determinación de filiación en los procedimientos de reproducción asistida es que se hace necesaria una regulación positiva sobre la filiación aplicando el método del consentimiento voluntario al momento de consentir la relación paterna filial añadiendo el consentimiento informado cuando se emplee el método de reproducción. SEGUNDO: En la presente tesis se habló de un proceso de aplicación del consentimiento voluntario como método de filiación concluyendo que este que debe ser informado principalmente al centro en donde se va a realizar la técnica de reproducción, posteriormente se debe llevar a cabo sus correspondientes inscripciones y de ser el caso el nacido mediante estos procesos podrá acceder a información del donante o hasta conocer su identidad. TERCERA: Se identificó que en nuestra legislación los jueces se han pronunciado en ocasiones en forma contraria al ordenamiento jurídico existente, más aun cuando se habla de Ley General de la Salud, en el Art 7 en donde presenta limitaciones tácitas para la aplicación de las TERAS, así mismo en la casación N°4323-2020 de fecha 5 de agosto del 2004 se dio un caso de Ovodonación, los magistrados indicaron que los procedimientos no constituyen delito ni seria ilícito, señalando que todo lo que no está prohibido, está permitido en ese sentido, no existe una ley especial que regule con normas jurídicas los mencionados procedimientos desarrollado en nuestro marco teórico preexistentes en nuestra colectividad. CUARTA: Se identificó que uno de los conflictos jurídicos más relevantes en la presente investigación es sobre el derecho de identidad pues existen diversas posturas en relación a la identidad de los menores en los casos que nacieron o nacerán a través de una trigeneración o multigeneración humana, opositores refieren que afectaría su derecho a la identidad, sin embargo, en la investigación varios juristas hablan sobre la importancia de la identidad dinámica, que es lo que más debería importar, ya que sintetiza que es el modo de ser de cada persona, el libre desenvolvimiento de la personalidad de los menores proyectada en la realidad actual. Por otro lado, tenemos la identidad biológica que consiste en la información genética que identificará biológicamente a los menores, recogiendo información de otras legislaciones se da una solución para que el menor pueda acceder a esta información en caso de salud debidamente motivado ante un juez. QUINTA: Se determinó que existe una gran necesidad de regular el consentimiento voluntario como método de filiación, ya que en el transcurso del tiempo se pudo verificar la existencia en diversos expedientes presentados existen personas que tienen problemas con la procreación para generar una descendencia. SEXTA: En sentido general, en la presente investigación se notó positivamente la evolución de la medicina en cuanto a métodos de reproducción, siendo esta necesaria cuando una pareja o algún miembro de esta, adolece de infertilidad y desea continuar con una descendencia, por lo tanto se considera factible que el consentimiento voluntario es un método filiatorio que debe estar incluido en nuestro C.C. siendo una clase nueva de filiación, dando una solución a la falta de legislación que hoy en día ya se presenta nuestra sociedad, como lo hemos visto en los casos ya analizados en donde los jueces han realizado interpretaciones extensas con la finalidad de solucionar casos específicos y anteponer los principios generales del derecho. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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