Valor probatorio de la Cámara Gesell y la presunción de inocencia en tocamientos en menores, Lima Sur, 2024

Descripción del Articulo

La presente investigación tuvo como propósito describir el valor probatorio de la Cámara Gesell en la presunción de inocencia en tocamientos a menores, Lima Sur, 2024, el estudio se desarrolló bajo un enfoque cualitativo, nivel exploratorio descriptivo, el tipo de investigación fue básica, diseño fe...

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Detalles Bibliográficos
Autores: Pérez Morón, Briggith Isabel, Truevas Quispe, Yameli Ana
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2025
Institución:Universidad Tecnológica del Perú
Repositorio:UTP-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.utp.edu.pe:20.500.12867/13245
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12867/13245
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Cámara Gesell
Presunción de inocencia
Tocamientos a menores
Revictimización
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Descripción
Sumario:La presente investigación tuvo como propósito describir el valor probatorio de la Cámara Gesell en la presunción de inocencia en tocamientos a menores, Lima Sur, 2024, el estudio se desarrolló bajo un enfoque cualitativo, nivel exploratorio descriptivo, el tipo de investigación fue básica, diseño fenomenológico no experimental, la población fueron abogados especialistas en derecho penal, se utilizó como técnica de investigación la entrevista, el instrumento fue entrevista semiestructurada, la muestra fueron 5 abogados especialistas en derecho penal. En consecuencia, llegamos a la conclusión que la Cámara Gesell posee un alto valor probatorio por ser considerada un testimonio directo y técnicamente obtenido, sin embargo, presenta deficiencias en su aplicación, como la falta de especialización por parte de los psicólogos. Se identificó que la falta de capacitación genera revictimización del menor y afecta la validez del testimonio, comprometiendo la garantía de la presunción de inocencia del acusado. Los jueces utilizan criterios establecidos en el Acuerdo Plenario 02-2005/CJ-116 como la ausencia de incredibilidad subjetiva, la verosimilitud, coherencia y consistencia del relato para determinar la valoración probatoria. También se identificó la existencia de deficiencias en la capacitación del psicólogo forense encargado de realizar entrevistas, lo cual repercute en la calidad de testimonio recogido, afectando tanto la protección del menor como el derecho de presunción de inocencia del acusado.
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