Obstáculos de la aplicación del derecho a la consulta previa en los últimos 13 años en el Perú

Descripción del Articulo

En este estudio se presentó como objetivo general Analizar los obstáculos de la aplicación del derecho a la consulta previa que se han presentado en los últimos 13 años en el Perú. Para ello, se empleó una metodología cualitativa y descriptiva, con método dogmático hermenéutico, analizándose las nor...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Barragan Vicente, Rodrigo Edgar
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2022
Institución:Universidad Tecnológica del Perú
Repositorio:UTP-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.utp.edu.pe:20.500.12867/10525
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12867/10525
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Consulta Previa
Convenio 169 OIT
Poblaciones Indígenas
Derechos Humanos
Industria Extractiva
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.00.00
Descripción
Sumario:En este estudio se presentó como objetivo general Analizar los obstáculos de la aplicación del derecho a la consulta previa que se han presentado en los últimos 13 años en el Perú. Para ello, se empleó una metodología cualitativa y descriptiva, con método dogmático hermenéutico, analizándose las normas vinculadas al derecho de consulta previa, mientras que, en la jurisprudencia, se analizaron 9 casos. Como resultados se encontró que, no se ha establecido un consenso acerca de la definición sobre “pueblos indígenas”, Perú reconoce solo comunidades andinas y nativas, más se sobrepone la minería porque aporta un valor al PBI mayor que cualquier actividad, sobre el hecho de cualquier impacto ambiental o social que pueda surgir en un pueblo indígena que no aprueba las concesiones, existe una mala interpretación del Convenio 169 de la OIT, existe una contradicción acerca de cuándo empieza un reconocimiento de un pueblo indígena de parte del Ministerio de Cultura y de otras entidades como MINEM, existe minería informal, donde se establecen procesos informales, que no son consulta previa, sino convenios bilaterales, que, no involucran un proceso que el Estado ha ratificado según el Convenio 169, como sucedió en Las Bambas, se ven involucrados varios derechos de los pueblos indígenas al no ejecutarse la consulta previa antes de los estudios exploratorios y de explotación. Lográndose concluir la existencia de obstáculos en la aplicación del derecho a la consulta previa que se han presentado en los últimos 13 años en el Perú.
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