Inaplicación del precedente vinculante, casación N° 1532-2017-Huanuco, en los procesos de cambio de nombre en el Juzgado Mixto de Jacobo Hunter
Descripción del Articulo
El propósito del presente trabajo es el estudio de la inaplicación del precedente vinculante, casación N° 1532-2017-Huanuco, en los procesos de cambio de nombre en el Juzgado Mixto de Jacobo Hunter, en específico el literal “C” del trigésimo fundamento que expresa la obligación del juzgado en emplaz...
| Autor: | |
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| Formato: | tesis de grado |
| Fecha de Publicación: | 2024 |
| Institución: | Universidad Tecnológica del Perú |
| Repositorio: | UTP-Institucional |
| Lenguaje: | español |
| OAI Identifier: | oai:repositorio.utp.edu.pe:20.500.12867/11672 |
| Enlace del recurso: | https://hdl.handle.net/20.500.12867/11672 |
| Nivel de acceso: | acceso abierto |
| Materia: | Cambio de nombre Precedente vinculante Casación Derecho de Identidad https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00 |
| Sumario: | El propósito del presente trabajo es el estudio de la inaplicación del precedente vinculante, casación N° 1532-2017-Huanuco, en los procesos de cambio de nombre en el Juzgado Mixto de Jacobo Hunter, en específico el literal “C” del trigésimo fundamento que expresa la obligación del juzgado en emplazar a la municipalidad y al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil RENIEC, para que puedan realizar su defensa mediante sus Procuradores Públicos, esta de decisión de aparatarse del precedente vinculante, es aplicado actualmente para procedimientos de cambio de nombre o apellido. La metodología del estudio fue cualitativa, ya que se realizó un análisis documental de nivel descriptivo y analítico de expedientes emitidos por este juzgado sobre cambio de nombre, donde fundamenta su discrepancia con el precedente vinculante; asimismo, análisis de entrevistas realizadas a profesionales del derecho y del procedimiento actualmente de cambio de nombre per se, partir de esta metodología utilizada, los resultados obtenidos de este apartamientos se encuentran relacionados con motivos de carácter internacional, constitucional, procesal, legal y funcional; por lo que, se ha concluido que esta casación no es aplicable en el procedimiento de cambio de nombre o apellido, cuando este pedido se fundamenta en un motivo justificado, sin que se descuide su naturaleza procedimental, no contencioso. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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