REGULACIÓN DEL RÉGIMEN DE VISITAS A PADRES QUE VULNEREN EL INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE EN LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA NORTE 2020
Descripción del Articulo
La presente tesis se plantea como objetivo general: Analizar qué factores están involucrados en la regulación del régimen de visitas a padres que vulneren el interés superior del niño, niña y adolescente en la Corte Superior de Justicia de Lima Norte 2020. Se desarrolló un estudio de tipo Cualitativ...
Autores: | , |
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Formato: | tesis de grado |
Fecha de Publicación: | 2021 |
Institución: | Universidad Privada Telesup |
Repositorio: | UTELESUP-Institucional |
Lenguaje: | español |
OAI Identifier: | oai:repositorio.utelesup.edu.pe:UTELESUP/1314 |
Enlace del recurso: | https://repositorio.utelesup.edu.pe/handle/UTELESUP/1314 |
Nivel de acceso: | acceso abierto |
Materia: | REGULACION DEL REGIMEN DE VISITAS INTERES SUPERIOR DEL NIÑO NIÑA Y ADOLESCENTE OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR COMPORTAMIENTO DEL MENOR DERECHO |
Sumario: | La presente tesis se plantea como objetivo general: Analizar qué factores están involucrados en la regulación del régimen de visitas a padres que vulneren el interés superior del niño, niña y adolescente en la Corte Superior de Justicia de Lima Norte 2020. Se desarrolló un estudio de tipo Cualitativo, Básico y no experimental, utilizando un diseño de teoría fundamentada y teoría narrativa. Se utilizó como técnica la entrevista. Los resultados obtenidos permiten concluir que: 1) En nuestra legislación actual los padres que no ejerzan la Patria Potestad tienen derecho a visitar a sus hijos, pero antes deben acreditar con prueba suficiente el cumplimiento o la imposibilidad del cumplimiento de la obligación alimentaria; es decir si un padre que desea ejerce su derecho a visitar a su hijo, hija o adolescente, no podrá realizarlo si no está al día de la pensión alimenticia, lo que vulnera el principio del interés superior del niño. 2) La restricción del régimen de visitas a los padres deudores alimentarios genera como consecuencia que los hijos menores de edad no podrán desarrollarse a plenitud emocionalmente, psicológicamente y educacionalmente por la ausencia de uno de los padres. 3) En virtud al principio del interés superior del niño y del adolescente como instrumento jurídico que tiende a asegurar el bienestar del niño en el plano físico, psíquico y social al menor le asiste un verdadero y auténtico poder para reclamar la satisfacción de sus necesidades esenciales, siendo una de ellas, el mantener la relación paterno-filial con el progenitor no custodio que le permita el desarrollo de su personalidad de manera integral. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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