Evaluar la vulneración del debido proceso como consecuencia de la supresión del inciso 2 del artículo 408 del código procesal civil, Chiclayo 2024

Descripción del Articulo

El estudio tuvo como objetivo general analizar cómo la vulneración del debido proceso se manifiesta a raíz de la supresión del inciso 2 del artículo 408 del Código Procesal Civil en la jurisdicción de Chiclayo, 2024, en la que se eliminó la consulta obligatoria de determinadas resoluciones judiciale...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Lara Cespedes, Adriana Elena
Formato: tesis de maestría
Fecha de Publicación:2025
Institución:Universidad Señor de Sipan
Repositorio:USS-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.uss.edu.pe:20.500.12802/17410
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12802/17410
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Debido proceso
Tutela jurisdiccional efectiva
Código Procesal Civil
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:El estudio tuvo como objetivo general analizar cómo la vulneración del debido proceso se manifiesta a raíz de la supresión del inciso 2 del artículo 408 del Código Procesal Civil en la jurisdicción de Chiclayo, 2024, en la que se eliminó la consulta obligatoria de determinadas resoluciones judiciales, afectando los principios de tutela jurisdiccional efectiva, pluralidad de instancias e igualdad procesal. La metodología fue de tipo básica, con enfoque cualitativo y diseño no experimental descriptivo–interpretativo, utilizando la entrevista semiestructurada como técnica y como instrumento la guía de entrevista para recoger las percepciones de los operadores jurídicos sobre los efectos de la reforma. La población estuvo conformada por ocho abogados de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque y como muestra se tomó la población total. seleccionados mediante muestreo intencional por su experiencia en derecho procesal civil. Los principales resultados evidenciaron que la supresión del inciso 2 redujo el control judicial jerárquico, restringió el derecho a la impugnación efectiva y debilitó la tutela judicial, generando inseguridad jurídica y desigualdad procesal, especialmente en perjuicio de los demandados ausentes representados por curadores procesales. La conclusión principal señala que la eliminación del inciso 2 del artículo 408 del Código Procesal Civil constituye una vulneración directa del derecho al debido proceso y demanda una reforma legislativa que restablezca mecanismos de revisión judicial efectiva
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