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Sanciones distintas del encarcelamiento a miembros indígenas y tribales en cumplimiento al art.10 del convenio N° 169 OIT

Descripción del Articulo

La investigación analiza la aplicación de sanciones distintas al encarcelamiento en caso de condena a integrantes de los pueblos indígenas y tribales como manifestación de cumplimiento al artículo 10 del Convenio N° 169 de la Organización internacional del Trajo, de esta manera ilustra la incompatib...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Cancino Vallejos, Sandra Yanira
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2023
Institución:Universidad Señor de Sipan
Repositorio:USS-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.uss.edu.pe:20.500.12802/10654
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12802/10654
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Convenio OIT
Derechos humanos
Encarcelamiento
Pueblos indígenas
Tribales
Penas
http://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:La investigación analiza la aplicación de sanciones distintas al encarcelamiento en caso de condena a integrantes de los pueblos indígenas y tribales como manifestación de cumplimiento al artículo 10 del Convenio N° 169 de la Organización internacional del Trajo, de esta manera ilustra la incompatibilidad entre la pena de encarcelamiento y la idea de justicia de los pueblos originarios. La metodología fue de tipo aplicado, no experimental Descriptivo, por cuanto la investigación no implica la manipulación de las variables de estudio, además de considerar el modelo de investigación es mixta, ya que desarrolla aspectos estadísticos y también jurisprudenciales y doctrinales los cuales buscaran poder argumentar mejor el trabajo de investigación. Como resultados relevantes se expresa el daño que se inflige al integrante de estos pueblos al recluirlo en un centro penitenciario, teniendo importancia poder determinar sanciones alternas que se puedan aplicar en los encarcelamientos en los casos de condena a integrantes de los pueblos indígenas y tribales. Asimismo, protege la incompatibilidad entre la pena de encarcelamiento y la idea de justicia de los pueblos originarios. Concluyendo que se debe modificar el artículo 15 del Código penal, para regular sanciones distintas al encarcelamiento efectivo a los integrantes de pueblos indígenas y triviales para respetar el error de tipo culturalmente condicionado, las características especiales de la persona y dando cumplimiento al artículo 10 del Convenio 169 de la OIT.
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