Análisis crítico de la jurisprudencia del tribunal constitucional peruano respecto a la vulneración del plazo razonable y el debido proceso en la prolongación de la prisión preventiva

Descripción del Articulo

La prisión preventiva y su eventual prolongación evidencian el ejercicio más intenso del ius puniendi del Estado al restringir la libertad personal del imputado, sin embargo, pese a la jurisprudencia existente, persisten deficiencias en la aplicación del art. 274 inc. 1 del CPP, ya que si bien el re...

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Detalles Bibliográficos
Autores: Moreno Olazabal, Jorge Anthony, Toro Silva, Robert Andree
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2026
Institución:Universidad Señor de Sipan
Repositorio:USS-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.uss.edu.pe:20.500.12802/16802
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12802/16802
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Prolongación de la prisión preventiva
Plazo razonable
Debido proceso
Medida cautelar
Tribunal constitucional
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:La prisión preventiva y su eventual prolongación evidencian el ejercicio más intenso del ius puniendi del Estado al restringir la libertad personal del imputado, sin embargo, pese a la jurisprudencia existente, persisten deficiencias en la aplicación del art. 274 inc. 1 del CPP, ya que si bien el requerimiento de la prolongación de la PP debe presentarse antes del vencimiento del plazo inicialmente fijado, en la práctica, dicho pedido es inclusive presentado el mismo día de su vencimiento, por lo que, su resolución es emitida con posterioridad, constituyendo una restricción arbitraria del derecho a la libertad personal. La presente investigación busca analizar la jurisprudencia del Tribunal Constitucional peruano respecto a la vulneración del plazo razonable y el debido proceso en la prolongación de la prisión preventiva. En cuanto a la metodología, se aplicó a través del enfoque cualitativo, con carácter descriptivo, teniendo como población sentencias emitidas por el TC peruano y normas nacionales e internacionales respecto a la prolongación de la PP. Teniendo como resultado más relevante que, en otros países, la figura de la prolongación de la PP, tiene un tratamiento orientado a la salvaguarda de la libertad personal del procesado, toda vez que otorga un plazo definitivo no solo para la presentación del requerimiento de la prolongación, sino también para que dicho pedido sea resuelto con anterioridad al vencimiento del plazo de la PP. En conclusión, la modificación del art. 274º inc. 1 del CPP, es necesaria y constitucionalmente justificada, por lo que se considera establecer un plazo mínimo de veinte (20) días naturales antes del vencimiento del plazo para que el fiscal presente su requerimiento de PPP, así como la exigencia imperativa de que el órgano jurisdiccional convoque audiencia y resuelva mientras la PP se encuentre vigente.
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