La legitima hereditaria y su proteccion frente a la disposición total del patrimonio por parte del causante

Descripción del Articulo

La presente investigación se realizó con el objetivo de proponer recomendaciones prácticas, para evitar que el causante mientras esté vivo disponga más del tercio de sus bienes. Ello, debido a que si bien el Código Civil Peruano ha regulado la legítima hereditaria y la porción de la cual puede dispo...

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Detalles Bibliográficos
Autores: Garcia Puyen, Lesly Xiomara, Diaz Gomez, Daniela Elizabeth
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2025
Institución:Universidad Señor de Sipan
Repositorio:USS-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.uss.edu.pe:20.500.12802/14839
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12802/14839
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Legítima hereditaria
Disposición total
Patrimonio
Causante
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:La presente investigación se realizó con el objetivo de proponer recomendaciones prácticas, para evitar que el causante mientras esté vivo disponga más del tercio de sus bienes. Ello, debido a que si bien el Código Civil Peruano ha regulado la legítima hereditaria y la porción de la cual puede disponer libremente el causante, en la práctica al fallecimiento de este, los herederos legítimos toman conocimiento de que no existe masa hereditaria o la misma es reducida, en atención a que el causante en vida a dispuesto de sus bienes sin respetar la legítima, conllevando así a que posteriormente se tengan que instaurar acciones judiciales para recuperar los mismos o parte de ellos. En ese sentido, para la ejecución de este estudio se ha empleado un enfoque cualitativo tipo básico con diseño explicativo y dogmático jurídico, lo cual permitió aplicar técnicas de recolección de datos como el análisis documental y entrevistas, obteniendo como resultados que el problema de la protección de la legítima no está en la regulación de la misma, sino en implementar mecanismos, que permitan asegurar la legítima cuando el causante disponga en vida de sus bienes. Concluyendo de este modo, que los mecanismos que se pueden implementar sería un control notarial, educación y asesoramiento legal, así como una alerta registral a través de un registro personal de los legítimos herederos.
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