La ponderación del estado constitucional en el cumplimiento del procedimiento disciplinario del personal docente de la Ugel Chachapoyas; 2021

Descripción del Articulo

La presente tesis se orienta a desarrollar la temática de la ponderación en los procesos disciplinarios del personal docente de la UGEL de Chachapoyas 2021. Para tal efecto consideramos que en un Estado Constitucional se debe respetar el debido proceso y procedimiento, en los procesos disciplinarios...

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Detalles Bibliográficos
Autores: Araujo Saldaña, Luis Daniel, Fernandez Rojas, Cesar Latini
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2022
Institución:Universidad Señor de Sipan
Repositorio:USS-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.uss.edu.pe:20.500.12802/10670
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12802/10670
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Ponderación
Estado constitucional
Proceso administrativo
Disciplinario sancionador
Potestad sancionadora
Debido procedimiento
http://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:La presente tesis se orienta a desarrollar la temática de la ponderación en los procesos disciplinarios del personal docente de la UGEL de Chachapoyas 2021. Para tal efecto consideramos que en un Estado Constitucional se debe respetar el debido proceso y procedimiento, en los procesos disciplinarios administrativos contra el profesorado, esto es, permite limitar los poderes o facultades que tienen las autoridades administrativas de la UGEL al momento de llevar a cabo dicho proceso administrativo y a la vez permite garantizar los derechos con que gozan los profesores, y de esta manera evitar que se puedan afectar los derechos como al de la educación con que cuenta el y la estudiante. En tal sentido la ponderación en los procesos disciplinarios que protege al personal docente, consiste en aquel método o técnica en la que se pretende sancionar por medio de procedimiento disciplinario por una falta o infracción respetando el debido procedimiento, esto es, dándole la oportunidad al profesor procesado para realizar el debido descargo, ejerza su defensa y presente pruebas, es decir se desarrolle dicho procedimiento de acorde a las disposiciones constitucionales, con la debida motivación de las resoluciones, y hacer sancionado por la autoridad competente, siendo esta en la mayor medida posible teniendo en consideración a las posibilidades jurídico materiales. Además, de conformidad con los resultados obtenidos se determinó que el nivel de cumplimiento del procedimiento disciplinario del personal docente de la UGEL de Chachapoyas 2021, es muy alto, por tanto, muy positivo. En consecuencia, la ponderación en el procedimiento administrativo disciplinario sancionador es muy eficiente, lo que permite afirmar categóricamente que las autoridades de la UGEL sí cumplen con los postulados constitucionales y normativa por la que se regula el procedimiento administrativo disciplinario, por lo que, si se garantiza el debido procedimiento, derecho de defensa, derecho a la prueba, presunción de inocencia y no se cometen arbitrariedades en el ejercicio de sus funciones.
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