Propuesta para la modificación de la legislación que vulnera el secreto profesional y funciones del notario en la lucha contra el lavado de activos

Descripción del Articulo

Se buscó determinar si la Ley Nº 27693, que obliga al notario a informar operaciones sospechosas a la UIF-Perú, vulnera su derecho al secreto profesional, para ello, se desarrolló una investigación cualitativa, de diseño fenomenológico. En la investigación se entrevistó a 6 notarios y 5 clientes de...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Ortiz Castañeda, Carla Emperatriz
Formato: tesis de maestría
Fecha de Publicación:2020
Institución:Universidad Señor de Sipan
Repositorio:USS-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.uss.edu.pe:20.500.12802/9386
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12802/9386
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Lavado de activos
Secreto profesional
Derecho notarial
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:Se buscó determinar si la Ley Nº 27693, que obliga al notario a informar operaciones sospechosas a la UIF-Perú, vulnera su derecho al secreto profesional, para ello, se desarrolló una investigación cualitativa, de diseño fenomenológico. En la investigación se entrevistó a 6 notarios y 5 clientes de las notarías de las ciudades de Piura, Chiclayo y Tumbes con un cuestionario de preguntas semiestructuradas, el cual, fue categorizado para exponer los resultados. La investigación concluyó que es necesario modificar la Ley Nº 27693 y la Resolución SBS Nro. 5709-2012, permitiendo que el notario pueda cumplir con su labor de contribuir a la lucha contra el LA/FT y, al mismo tiempo, guardar el secreto profesional que el artículo 4º del Código de Ética del notariado peruano le exige. También se halló que no se le informa al cliente que su operación supera el umbral mínimo material establecido en el artículo 10.2.1 de la Resolución SBS Nro. 5709-2012, tampoco que el notario es sujeto obligado a brindar información a la UIF, por lo que desconoce el uso de su información. Finalmente, se concluye que el desconocimiento de la utilización de la información por parte del cliente, la falta de un consentimiento expreso de que la información pueda ser evaluada para ser calificada como sospechosa y la inclusión del cliente en el ROS que se envía a la UIF-Perú vulnera el secreto profesional del notario por lo que es necesario la modificación de la Ley Nº 27693 y la Resolución SBS Nro. 5709-2012.
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