La manifestación de la voluntad en el matrimonio Inextremis.

Descripción del Articulo

La presente investigación se ha titulado: “Empirismos y Discordancias normativas en la Manifestación de la Voluntad en el Matrimonio in extremis”, y el problema que se ha podido evidenciar son los criterios que no se han tomado en cuenta al momento de reglamentar el matrimonio celebrado en inminente...

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Detalles Bibliográficos
Autores: Chafio Prada, Carlos Martín, Castro Torres, Mayra Carolinee
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2014
Institución:Universidad Señor de Sipan
Repositorio:USS-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.uss.edu.pe:20.500.12802/3578
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12802/3578
Nivel de acceso:acceso restringido
Materia:Matrimonio
Manifestación de la Voluntad
Concubinato
matrimonio in extremis
http://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:La presente investigación se ha titulado: “Empirismos y Discordancias normativas en la Manifestación de la Voluntad en el Matrimonio in extremis”, y el problema que se ha podido evidenciar son los criterios que no se han tomado en cuenta al momento de reglamentar el matrimonio celebrado en inminente peligro de muerte, contemplado en el artículo 268º del Código Civil, puesto que denota insuficiencias legislativas, al no estar presente en toda su magnitud el consentimiento de las partes a través de la manifestación de la voluntad; por otro lado se ha podido identificar como partes del problema a los empirismos y discordancias normativas por el hecho de que no se consideraba algún planteamiento teórico en la norma y además porque existen normas dentro de nuestro sistema jurídico civil, específicamente el matrimonio in extremis, que son contrapuestas, es decir que sobre el mismo tema refieren cosas distintas, asimismo se ha tomado como marco teórico a los conceptos básicos como familia, concubinato como aparente matrimonio, manifestación de la voluntad, matrimonio in extremis, entre otros, además las normas y a la legislación comparada de Colombia, Argentina, El Salvador, España, Guatemala, México, Nicaragua, Uruguay y Venezuela, los que ha permitido poder formular las hipótesis. Para la obtención de los resultados se ha empleado la técnica de la encuesta por medio de su instrumento el cuestionario, el mismo que nos ha permitido poder concluir que respecto de la sub hipótesis “a” se prueba en un 56.56% y se disprueba en un 43.44%, la sub hipótesis “b” se prueba en un 58.66% y se disprueba en un 41.34%, y por último la sub hipótesis “c” se prueba en un 57.60% y se disprueba en un 42.40%, lo que da pie para afirmar que la presente tesis ha sido probado por lo que podemos concluir que sí se evidencian empirismos y discordancias normativas.
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