La necesidad de establecer la capitalizacion del interes legal en deudas de carácter previsional regulados en la ley 29951 en la provincia de Chiclayo

Descripción del Articulo

La nonagésima sétima disposición complementaria de la Ley N° 29951 establece que se debe aplicar el artículo 1249 del Código Civil en el cálculo de las deudas de carácter previsional, discutidos en un proceso de naturaleza laboral, no aplicándose el cálculo de los intereses en función a la tasa efec...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autores: Coronel Díaz, Dora Lizet, Linares Morán, Claudia Nieves
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2015
Institución:Universidad Señor de Sipan
Repositorio:USS-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.uss.edu.pe:20.500.12802/224
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12802/224
Nivel de acceso:acceso restringido
Materia:Seguridad social
Capitalización
Derecho a la pensión
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Frente a este panorama contradictorio que suele presentarse en el ámbito previsional, en la presente investigación ejecutaremos un análisis de los diferentes conceptos que se aplican a la evaluación y cálculo del pago de intereses que se generan por el reconocimiento del derecho previsional (la pensión de jubilación). Para la construcción de nuestra posición, utilizaremos elementos teóricos contenidos en jurisprudencia referencial del Tribunal Constitucional y de la Corte Suprema, las cuales serán empleadas como doctrina jurisprudencial por cuanto las resoluciones que evaluaremos no tienen vinculación directa a los casos en los cuales se desarrolla nuestro problema de investigación. Complementariamente utilizaremos elementos teóricos referenciales en materia previsional, laboral y constitucional para analizar un contexto teórico que actualmente se observa en el desarrollo de los procesos seguidos por los señores pensionistas. Delimitaremos nuestra investigación en función a nuestro “problema de investigación” respecto del desarrollo del derecho a la pensión de jubilación, el cual al tener un tratamiento equivalente a un derecho laboral, nos permite evaluar qué tipo de interés puede generar si es que existe una afectación a su contenido material. Frente a este contexto, entonces surge la cuestión ¿cuál es el criterio que se debe tener presente en cuanto al cálculo del interés aplicable en deudas de carácter previsional: o las disposiciones que son desarrolladas por el Tribunal Constitucional en precedentes referenciales o el aplicable por interpretación exegética de la ley presupuestaria 29951? 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