El derecho a la defensa como garantía en las actuaciones de la inspección del trabajo en el Perú

Descripción del Articulo

La presente investigación está enfocada en el estudio de las actuaciones inspectivas, las mismas que cobran gran importancia al constituirse en la primera etapa del procedimiento de inspección de trabajo. En ese sentido, consideramos que la normativa especial que regula el procedimiento de las actua...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Meza Ostos, Petitt Yolanda
Formato: tesis de maestría
Fecha de Publicación:2017
Institución:Universidad de San Martín de Porres
Repositorio:USMP-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.usmp.edu.pe:20.500.12727/3300
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12727/3300
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Inspección de fábricas
Acción y defensa (Derecho)
Procedimiento administrativo
Derecho laboral
344 - Derecho laboral, social, educativo, cultural
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:La presente investigación está enfocada en el estudio de las actuaciones inspectivas, las mismas que cobran gran importancia al constituirse en la primera etapa del procedimiento de inspección de trabajo. En ese sentido, consideramos que la normativa especial que regula el procedimiento de las actuaciones inspectivas, no puede vulnerar el derecho de defensa y debido proceso al que tiene derecho el sujeto inspeccionado y sobre el cual el inspector de trabajo ejerce un control irrestricto en el cumplimiento de las normas laborales. Los objetivos del estudio han consistido en identificar en qué medida las actuaciones inspectivas afectan el derecho de defensa del empleador; la aplicación supletoria de las disposiciones de la Ley de Procedimiento Administrativo General frente a la Ley General de Inspección del Trabajo; analizar si las facultades de los inspectores de trabajo se encuentran enmarcados dentro de la observancia y respeto al derecho de defensa en las actuaciones inspectivas; y proponer medidas para superar la afectación del derecho de defensa en las actuaciones de inspección de trabajo. Las conclusiones a las que ha arribado la investigación consisten en la necesidad de establecer que las actuaciones inspectivas sólo estén enfocadas en la investigación de los posibles incumplimientos de las normas laborales, con lo cual en esta primera etapa no debiera existir ningún tipo de sanción para el sujeto inspeccionado, más aún si el motivo que actualmente utilizan los inspectores de trabajo para multar al empleador, no se encuentra recogido en la Ley General de Inspección del Trabajo, tan solo ha sido regulada mediante su reglamento. Asimismo, se observan otras consideraciones que evidencian una vulneración al derecho de defensa del sujeto inspeccionado en las actuaciones inspectivas y que incluso no estarían alineadas con las garantías mínimas establecidas en la Ley de Procedimiento General para las actuaciones de la función administrativa del Estado en su etapa de fiscalización.
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