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Impuesto general a las ventas (IGV) y su influencia en las comisiones de las agencias de viaje en Lima Metropolitana, 2016

Descripción del Articulo

El presente trabajo de investigación: “Impuesto General a las Ventas (IGV) y su influencia en las comisiones de las agencias de viaje en Lima Metropolitana, 2016”, busca conocer cómo la cobranza de comisiones de las agencias de viaje puede significar la omisión a los regímenes del Impuesto General a...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Arancel Llerena, Rodrigo Ricardo
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2017
Institución:Universidad de San Martín de Porres
Repositorio:USMP-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.usmp.edu.pe:20.500.12727/3173
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12727/3173
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Impuesto sobre las ventas
Agencias de viajes
Evasión de impuestos
657 - Contabilidad
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.09.00
Descripción
Sumario:El presente trabajo de investigación: “Impuesto General a las Ventas (IGV) y su influencia en las comisiones de las agencias de viaje en Lima Metropolitana, 2016”, busca conocer cómo la cobranza de comisiones de las agencias de viaje puede significar la omisión a los regímenes del Impuesto General a las Ventas (IGV). Por el tipo de investigación, fue considerado un estudio aplicativo, debido a que los alcances son prácticos, aplicativos y se auxilia en las leyes, normas, manuales y técnicas para el recojo de información. El universo estuvo conformado por 403 personas, entre gerencias y contadores de las principales agencias de viajes del distrito en estudio. Los resultados del trabajo de campo mostraron que efectivamente, en la realización de las comisiones de las agencias de viaje se presenta la omisión al Impuesto General a las Ventas (IGV), precisándose en las conclusiones más importantes como; las políticas de comisiones no establecen los regímenes tributarios afectos en el cobro de sus comisiones generando una clara omisión. Asimismo, las comisiones al ser liquidadas por los operadores a las agencias de viaje en la totalidad no aplican los tributos afectos, originando de esta manera el incumplimiento de su obligación tributaria. Por último, la capacidad económica de la agencia de viaje se encuentra debilitada debido a que sus comisiones son cobradas en periodos posteriores afectando de esta manera su capacidad contributiva en la declaración y pago.
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