La ineficacia de la limitación del proceso especial de terminación anticipada en los delitos de violación sexual

Descripción del Articulo

Entre los años 2018 y 2019 se publicaron tanto la ley Nº 30838, como la ley Nº 30963. Lo especial de ambos cuerpos legales es que, de tantas modificaciones realizadas, se restringió la aplicación del proceso especial de terminación anticipada, esto dentro del marco de la lucha contra la violencia de...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Chamorro Canorio, Claudia Katherin
Formato: tesis de maestría
Fecha de Publicación:2025
Institución:Universidad de San Martín de Porres
Repositorio:USMP-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.usmp.edu.pe:20.500.12727/19320
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12727/19320
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Derecho Penal
Terminación anticipada
Delitos sexuales
Género
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:Entre los años 2018 y 2019 se publicaron tanto la ley Nº 30838, como la ley Nº 30963. Lo especial de ambos cuerpos legales es que, de tantas modificaciones realizadas, se restringió la aplicación del proceso especial de terminación anticipada, esto dentro del marco de la lucha contra la violencia de género, en específico, en cuanto a los delitos sexuales. Ahora bien, el problema que emerge de esta situación radica en que se limita la aplicación del proceso especial de terminación anticipada, lo que demuestra el poco entendimiento de las bases del proceso penal y la mala interpretación de los mecanismos de simplificación procesal. Esto tiene como posible causa la errónea interpretación por parte del legislador de que se busque otorgar grandes penas sin capacidad de reducción, esto con el objeto de proteger a las víctimas y así poder disminuir los delitos. Sin embargo, se ha obviado que la gran mayoría de delitos sexuales poseen una gran dificultad probatoria, lo que da como consecuencia la posible culminación del caso con una absolución, sin dar lugar a una salida alternativa o un mecanismo de simplificación, que es característico de la naturaleza de la terminación anticipada. Por lo mencionado, el presente trabajo tiene como justificación analizar la figura jurídica del proceso de terminación anticipada de manera pertinente, ya que en nuestro ordenamiento jurídico penal no se le ha dado una correcta interpretación, además de brindarle un desarrollo incorrecto, por lo que se busca la necesidad de una modificación legislativa con la cual realmente se brinde un correcto enfoque hacia la protección de la mujer ante la comisión de delitos sexuales, que son actos ilícitos con mayor incidencia, actualmente, en nuestra sociedad. En conclusión, lo que se propone es eliminar la limitación de la terminación anticipada en los delitos sexuales, por no cumplir con el objetivo principal, el cual es la protección de la mujer en relación al flagelo de la violencia de género y para ello se recomienda la necesidad de un proceso penal rápido y eficiente, la importancia de la instauración de mecanismos que simplifiquen el proceso y coadyuven con la abundante sobrecarga procesal; así como, el cumplimiento de la finalidad estatal de luchar en contra de la violencia hacia la mujer.
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