El delito imposible o tentativa inidónea en el delito de rebelión en el Perú

Descripción del Articulo

Este estudio tiene como propósito analizar si el alzamiento de armas es un elemento determinante para la configuración del delito de rebelión. En este estudio de tipo básico y nivel descriptivo, se empleó un diseño de investigación basado en la teoría fundamentada. Para la obtención de la informació...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Vargas Vargas, Edgar Jhon
Formato: tesis de maestría
Fecha de Publicación:2025
Institución:Universidad de San Martín de Porres
Repositorio:USMP-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.usmp.edu.pe:20.500.12727/20451
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12727/20451
Nivel de acceso:acceso embargado
Materia:Delito de rebelión
Tentativa inidónea
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:Este estudio tiene como propósito analizar si el alzamiento de armas es un elemento determinante para la configuración del delito de rebelión. En este estudio de tipo básico y nivel descriptivo, se empleó un diseño de investigación basado en la teoría fundamentada. Para la obtención de la información, se aplicaron métodos de análisis documental y realización de entrevistas, respaldados por herramientas como fichas de registro de datos y guías para las entrevistas. El análisis de los datos recopilados se realizó mediante técnicas de codificación y triangulación de datos. Los resultados indican que la jurisprudencia peruana enfrenta una complejidad notable al determinar si la ausencia de un alzamiento armado en la rebelión constituye una tentativa inidónea o un delito imposible. La ley peruana considera aspectos como proporcionalidad e intencionalidad, destacando retos en la aplicación legal, especialmente en casos de resistencia pacífica y situaciones atípicas. Además, se enfatiza el equilibrio entre la primacía de la Constitución y los derechos individuales en la interpretación de estos delitos, resaltando la necesidad de coherencia y precisión en el marco legal. En conclusión, la jurisprudencia peruana indica que el alzamiento de armas no es esencial para definir el delito de rebelión, enfocándose más en la interpretación contextual del "uso de fuerza" y el equilibrio entre derechos constitucionales y orden público.
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