Modificación Artículo 11° Ley 31739 “Sobre uso y protección del emblema de la Cruz Roja, Media Luna Roja y Cristal Rojo”
Descripción del Articulo
En el boletín Nº45 del Comité Internacional de fecha 8 de mayo de 1880, se certifica que la Cruz Roja Peruana es la primera en surgir en América e indica como fecha de creación el 17 de abril de 1879. Su principal función es brindar apoyo humanitario. Perú forma parte de los Convenios de Ginebra des...
Autor: | |
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Formato: | tesis de grado |
Fecha de Publicación: | 2024 |
Institución: | Universidad San Ignacio de Loyola |
Repositorio: | USIL-Institucional |
Lenguaje: | español |
OAI Identifier: | oai:repositorio.usil.edu.pe:20.500.14005/14879 |
Enlace del recurso: | https://hdl.handle.net/20.500.14005/14879 |
Nivel de acceso: | acceso abierto |
Materia: | Emblema de la Cruz Roja Modificación Artículo 11 Protocolos Adicionales de Ginebra https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.06.00 |
Sumario: | En el boletín Nº45 del Comité Internacional de fecha 8 de mayo de 1880, se certifica que la Cruz Roja Peruana es la primera en surgir en América e indica como fecha de creación el 17 de abril de 1879. Su principal función es brindar apoyo humanitario. Perú forma parte de los Convenios de Ginebra desde el 15 de febrero de 1956, del mismo modo de los Protocolos Adicionales I y II desde el año 1977 y del III Protocolo de 2005. Ellos forman parte de los tratados de Derecho Humanitario Internacional. Dentro del Derecho Humanitario Internacional, como país nos obligamos a reglamentar el uso de los emblemas y denominaciones de la Cruz Roja, Media Luna Roja y Cristal Rojo, procurando evitar su uso indebido. El 11 de mayo de 2023, se publicó en el Diario Oficial “El Peruano”, la Ley 31739 “Ley sobre el uso y la protección de los emblemas de la Cruz Roja, de la Media Luna Roja y del Cristal Rojo”, El objetivo del presente trabajo de investigación es determinar como la redacción del Art. 11 de la Ley 31739, no protege los emblemas que nuestro país está obligado, que es la razón para proponer una modificación al indicado artículo y cumplir con nuestra obligación de brindar la garantía que los emblemas requieren tanto en tiempo de paz como de conflicto. El tipo de investigación será cualitativa el cual buscará mostrar el ¿Por qué? El Perú no cumple correctamente con su obligación de proteger los emblemas de la Cruz Roja, de la Media Luna Roja y del Cristal Rojo. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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