Controversias y dificultades durante el procedimiento de negociación colectiva entre Sunafil y el sindicato “Si Sunafil” por el período 2022-2023

Descripción del Articulo

Cuando escuchamos regularmente la noción de negociación colectiva, presumimos inicialmente la potencial presentación de un problema si estamos ante una óptica de empleador, en tanto, en la óptica de la parte trabajadora, se vislumbra como una posibilidad de obtener mejores condiciones de trabajo, a...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Salazar Peña, Lizeth Yasmin
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2025
Institución:Universidad San Ignacio de Loyola
Repositorio:USIL-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.usil.edu.pe:20.500.14005/15740
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.14005/15740
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Derecho
Derechos de sindicación
SUNAFIL
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.06.00
ODS 8: Trabajo decente y crecimiento económico. Promover el crecimiento económico sostenido, inclusivo y sostenible, el empleo pleno y productivo y el trabajo decente para todos
Derecho público, estado constitucional y derechos humanos.
Derecho, relaciones internacionales, ciencias políticas y gestión pública
Descripción
Sumario:Cuando escuchamos regularmente la noción de negociación colectiva, presumimos inicialmente la potencial presentación de un problema si estamos ante una óptica de empleador, en tanto, en la óptica de la parte trabajadora, se vislumbra como una posibilidad de obtener mejores condiciones de trabajo, a nivel económico y no económico, según la realidad existente en determinada área de trabajo. Nuestra Constitución Política del Perú, consagra en su artículo 42, que se reconocen los derechos de sindicación y huelga de los servidores públicos, precepto constitucional que implica la posibilidad que cuando el empleador sea el Estado como tal, en sus diversas manifestaciones, también se puedan convertir en efectivos estos derechos colectivos. Así pues, el derecho de sindicación trae consigo la posibilidad que las organizaciones sindicales, en tanto su ámbito de representación definido en sus respectivos estatutos, puedan dar inicio a procedimientos de negociación colectiva, de acuerdo al marco normativo y parámetros que se definan para dicho efecto. Siendo así, se ha presentado la coexistencia de normas que regulan los derechos laborales -a nivel colectivo- y consecuente relación entre empleadores y trabajadores en el sector público, cuyo último antecedente inmediato lo encontramos en la Ley N° 31188, que vino a reemplazar la regulación definida en la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil. Ciertamente la intención del legislador con la emisión de la Ley N° 31188, estuvo orientada a regular el ejercicio del derecho a la negociación colectiva de las organizaciones sindical en el ámbito estatal; sin embargo, como toda norma, presenta algunos inconvenientes teóricos y prácticos que dificultan su adecuada implementación y ejecución. A razón de ello, el presente trabajo busca aterrizar uno de los tantos inconvenientes que se presentan en el procedimiento de negociación colectiva a razón de la existencia de la Ley N° 31188, tomando en consideración lo desarrollado en una entidad pública como lo es el caso de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL), organismo técnico especializado que por su relevancia en la fiscalización de las relaciones laborales en el país, debería establecer una línea clara de acciones que incentiven adecuadas prácticas en beneficio de los actores que tienen participación en el ámbito sociolaboral en general. En esa línea, se plantean también algunas recomendaciones para propiciar que los inconvenientes analizados, no se repitan y/o que los efectos que generan, puedan ser atenuados, de forma tal que no se afecten las relaciones laborales; y, mucho menos, que los acuerdos que vayan a adoptarse, comprometan el uso adecuado de los recursos públicos asignados en cada ejercicio presupuestal, sin implicar -por otro lado- afectación alguna al derecho de los servidores públicos a obtener mejoras en sus condiciones de trabajo.
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