Mejoras en la cláusula anticorrupción como mecanismo preventivo en la contratación pública peruana

Descripción del Articulo

En principio, desde el año 2017, la Ley de Contrataciones del Estado N° 30225, inspirada en una tendencia de integridad, ha considerado pertinente la inclusión de una Cláusula Anticorrupción en los contratos estatales, comprendida por un conjunto de compromisos pactados entre las partes basados en t...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Hurtado Tapia, Jose Lenin
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2021
Institución:Universidad Católica Santo Toribio de Mogrovejo
Repositorio:USAT-Tesis
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:tesis.usat.edu.pe:20.500.12423/4200
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.12423/4200
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Contratos públicos
Legislación
Reglamentos (Derecho administrativo)
Perú
Corrupción administrativa
http://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:En principio, desde el año 2017, la Ley de Contrataciones del Estado N° 30225, inspirada en una tendencia de integridad, ha considerado pertinente la inclusión de una Cláusula Anticorrupción en los contratos estatales, comprendida por un conjunto de compromisos pactados entre las partes basados en términos de veracidad y honestidad, a fin de prevenir la continua comisión actos de corrupción; sin embargo, su contenido presenta ciertas falencias que limitan cumplir su rol preventivo y de fomentar integridad entre las partes suscritas al contrato. En razón de ello, resulta necesario establecer mejoras en el contenido de la Cláusula Anticorrupción, regulado en el numeral 04 del artículo 138° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, plasmándolas dentro de un Proyecto de Ley, bajo el desarrollo de una investigación cualitativa sujeto a un análisis pormenorizado de las deficiencias que presenta la Cláusula Anticorrupción en consonancia a la doctrina, casuística nacional y su convención con los principios de la Contratación Pública, lo cual conllevará a determinar concretamente las mejoras fundamentales para el contenido de la Cláusula Anticorrupción, orientadas en lograr cumplir su rol preventivo, siendo tales: Inserción del contratante, es decir, el Estado, como sujeto obligado a desplegar una conducta de integridad, incorporar el término ilícito en el segundo párrafo del numeral 04° del artículo 138° del Reglamento de la Ley N° 30225 a fin ampliar su ámbito de aplicación y atribuir a la Junta de Resolución de Disputas la facultad de atender los casos de incumplimiento de la Cláusula Anticorrupción.
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