Reciprocidad, derechos fundamentales y la prohibición de solicitar alimentos a los hijos aplicables a los deudores alimentarios menores de 60

Descripción del Articulo

El derecho de alimentos a favor de los ascendientes plantea una problemática que, descuida el concepto de reciprocidad y se constituye como un latente abuso del derecho; por lo que, la investigación buscó encontrar los fundamentos legales para incorporar una prohibición legal que impida a los deudor...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Fiestas Cavero, Corina Maria Jose
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2024
Institución:Universidad Católica Santo Toribio de Mogrovejo
Repositorio:USAT-Tesis
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:tesis.usat.edu.pe:20.500.12423/7622
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.12423/7622
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Derecho de alimentos
Derechos familiares
Abuso del derecho
Maintenance law
Family law
Abuse of rights
http://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Descripción
Sumario:El derecho de alimentos a favor de los ascendientes plantea una problemática que, descuida el concepto de reciprocidad y se constituye como un latente abuso del derecho; por lo que, la investigación buscó encontrar los fundamentos legales para incorporar una prohibición legal que impida a los deudores alimentarios menores de 60 años demandar alimentos a sus hijos si previamente incumplieron con su obligación alimentaria. Para lograrlo, se analizó el marco legal nacional e internacional, se examinó la importancia de los derechos fundamentales en esta cuestión, y se procuró el equilibrio entre el principio de reciprocidad y los deberes morales entre padres e hijos, con el ánimo de prevenir abusos en el sistema de alimentos a favor de los ascendientes. Se siguió un modelo investigativo de tipo cualitativo, aplicando el método jurídico comparativo y la técnica del análisis documental para alcanzar los resultados esperados, dentro de los cuales resaltan dos ideas. La primera, se refiere a que, el principio de reciprocidad se erige como el criterio esencial que guía la relación paternofilial y, por ende, su contemplación es obligatoria y, la segunda se refiere a que, los fundamentos jurídicos clave para prohibir a deudores alimentarios menores de 60 años demandar alimentos de sus hijos se basan en la reciprocidad, derechos fundamentales y deberes morales, ello para equilibrar las obligaciones alimentarias y prevenir abusos del derecho.
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