La inclusión del delito de terrorismo en la competencia de la Corte Penal Internacional

Descripción del Articulo

El Estatuto de Roma, entró en vigor el 01 de julio del 2002, es aquel instrumento internacional que instituye la creación de la Corte Penal Internacional, la misma que tiene competencia para juzgar crímenes especialmente graves en el ámbito internacional. En su artículo 5 se establece que tendrá com...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Ruiz Llontop, Susana Irene
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2019
Institución:Universidad Católica Santo Toribio de Mogrovejo
Repositorio:USAT-Tesis
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:tesis.usat.edu.pe:20.500.12423/1955
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.12423/1955
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Corte Penal Internacional
Terrorismo
Derecho penal internacional
http://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Descripción
Sumario:El Estatuto de Roma, entró en vigor el 01 de julio del 2002, es aquel instrumento internacional que instituye la creación de la Corte Penal Internacional, la misma que tiene competencia para juzgar crímenes especialmente graves en el ámbito internacional. En su artículo 5 se establece que tendrá competencia para juzgar a los individuos responsables de la comisión de genocidio, crímenes de lesa humanidad, crímenes de guerra y de agresión. A pesar que contempla los crímenes antes mencionados, no considera al delito de terrorismo como parte de su competencia, puesto que se debe a la falta de consenso entre los países para definir, de forma pacífica, al terrorismo, estableciendo requisitos que permitan la diferenciación con otros crímenes internacionales. Al respecto, el terrorismo se considera como uno de los crímenes internacionales más graves para la Comunidad Internacional, pues constituye tanto en el ámbito interno como en el ámbito internacional un acto que tiene como medio, ejercer la violencia con la finalidad de hacer prevalecer intereses políticos, ocasionando pérdidas humanas que degradan, infunden terror e intimidan a la sociedad civil aplicándose sin reserva o preocupación moral alguna. Asimismo, el terrorismo está ubicado dentro de la categoría de los crímenes de derecho internacional, motivo por el cual debe ser un tema fundamental la necesidad de incluirlo en el Estatuto de Roma como crimen específico. La inclusión del delito de terrorismo en el Estatuto de Roma conllevará a abordar las siguientes ventajas: mayor persecución de los delitos terroristas a nivel internacional, disminución de los niveles de impunidad en la sociedad y, mayor efectividad del derecho a la justicia y a la reparación de las víctimas.
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