Niveles de presión acústica en los establecimientos de diversión nocturna y percepción sonora en el pasaje San José – Tacna, 2023
Descripción del Articulo
El presente estudio tuvo como objetivo evaluar los niveles de presión acústica generados por los establecimientos de diversión nocturna y la percepción sonora de los habitantes del pasaje San José del departamento de Tacna, realizando monitoreos de ruido durante tres semanas en 03 puntos de muestreo...
| Autor: | |
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| Formato: | tesis de grado |
| Fecha de Publicación: | 2023 |
| Institución: | Universidad Privada de Tacna |
| Repositorio: | UPT-Institucional |
| Lenguaje: | español |
| OAI Identifier: | oai:repositorio.upt.edu.pe:20.500.12969/3371 |
| Enlace del recurso: | http://hdl.handle.net/20.500.12969/3371 |
| Nivel de acceso: | acceso abierto |
| Materia: | Ruido ambiental Establecimientos nocturnos Percepción sonora http://purl.org/pe-repo/ocde/ford#2.07.00 |
| Sumario: | El presente estudio tuvo como objetivo evaluar los niveles de presión acústica generados por los establecimientos de diversión nocturna y la percepción sonora de los habitantes del pasaje San José del departamento de Tacna, realizando monitoreos de ruido durante tres semanas en 03 puntos de muestreo (Las Bugas, La Ponderosa y Candela) los días jueves, viernes y sábados en horario nocturno (De 22:00 hasta 00:00 hrs.). La metodología utilizada como referencia fue lo que indica la NTP ISO 1996:2020 acústica de descripción, medición y evaluación de ruido ambiental y los Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para Ruido (ECA). En lo referente a resultados, el nivel de presión acústica en los establecimientos de diversión nocturna del pasaje San José se tuvo como valor máximo registrado de 73,9 dB (La Ponderosa) y de valor mínimo 55,9 dB (Las Bugas). Como mayor valor ponderado está el establecimiento “La Ponderosa” con 69,8 dB y con menor valor ponderado el establecimiento “Candela” con 56,0 dB. Teniendo que los valores adquiridos sobrepasaron lo establecido para zonas residenciales en horario nocturno (22:01 a 07:00 horas) de acuerdo al Decreto Supremo Nº 085-2003-PCM que aprueba el Reglamento de Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para Ruido, y se refleja en los resultados de la encuesta de percepción sonora donde se muestra que los residentes son afectados negativamente por el exceso de ruido generándoles dificultad para dormir adecuadamente (57,5 %), les perturba la tranquilidad por las noches (57,5 %), y en algunos casos los residentes presentan insomnio, estrés o dolores de cabeza (50 %) concluyendo que el nivel de percepción de ruido es altamente negativo según la prueba de Kruskal-Wallis. Finalmente, se propuso medidas de minimización de ruido para equilibrar el entretenimiento nocturno con la tranquilidad de la comunidad vecina a los establecimientos. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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