Marco Normativo y Sanción Pecuniaria en la Incautación de Dinero por Transporte Transfronterizo en el Centro de Atención en Frontera Santa Rosa

Descripción del Articulo

La investigación tiene como propósito demostrar la influencia del marco normativo en la omisión a la sanción pecuniaria en la incautación de dinero por transporte transfronterizo. Para ello se trabajó una investigación básica, mixta, a nivel explicativo, habiendo seleccionado como muestra 163 casos...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Muñoz Barrenechea, Vanesa Del Pilar
Formato: tesis de maestría
Fecha de Publicación:2019
Institución:Universidad Privada de Tacna
Repositorio:UPT-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.upt.edu.pe:20.500.12969/1120
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.12969/1120
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Marco Normativo
Omisión a la Sanción Pecuniaria
Dinero Transfronterizo
http://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.02.04
Descripción
Sumario:La investigación tiene como propósito demostrar la influencia del marco normativo en la omisión a la sanción pecuniaria en la incautación de dinero por transporte transfronterizo. Para ello se trabajó una investigación básica, mixta, a nivel explicativo, habiendo seleccionado como muestra 163 casos de intervenciones en el centro de atención fronteriza Santa Rosa y se aplicaron fichas de análisis documental para recoger la información. Los resultados cualitativos sobre el marco normativo demuestran que la ley 28306 ha sufrido modificatorias y variaciones sustanciales entre el año 2004 y 2016; el D.L. 1249 que regula el traslado de dinero transfronterizo, no contempla los casos en los cuales corresponde la incautación de dinero, medida cautelar dispuesta por el fiscal, No existe un criterio objetivo para optar entre la figura de retención (aduana) o incautación (fiscalía). El caso 2652017, se evidencia que existe una infracción en la vía administrativa, pero al disponer el archivo del caso, por la fiscalía, se dispone la devolución del dinero, sin tener en cuenta el cumplimiento del pago de la multa; el 77.27% de las intervenciones existen vacíos legales que generan conflictos normativos en su aplicación práctica, entre los operadores de aduanas, policía Nacional y Ministerio público. Entre el 2016 y 2018 se multó por la suma de S/3,652,784.00, sin embargo, la deuda por cancelar es de S/1,679,281.00, que representa el 45.97% de omisión al cumplimiento de la sanción pecuniaria. Se concluye que los vacíos y deficiencias técnicas del marco normativo que regula la obligación de declarar el ingreso y salida de dinero del país, viene influenciando en la omisión al cumplimiento de la sanción pecuniaria por traslado de dinero sin declarar o declarado falsamente.
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