Oponibilidad de la propiedad adquirida por usucapión dentro del proceso de tercería de dominio en el actual orden jurídico

Descripción del Articulo

¿El proceso de tercería de propiedad está al alcance de tutelar a cualquier propietario? ¿Quién adquiere por prescripción puede entablar tercería de propiedad? ¿La prescripción adquisitiva requiere de sentencia para ser discutida en el proceso de tercería? ¿Puede el prescribiente ganar una tercería...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Fuentes Coaguila, Darwin André
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2022
Institución:Universidad Privada de Tacna
Repositorio:UPT-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.upt.edu.pe:20.500.12969/2587
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.12969/2587
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Prescripción adquisitiva
Tercería de propiedad
Documento
Fecha cierta
Oponibilidad
Sentencia declarativa
http://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:¿El proceso de tercería de propiedad está al alcance de tutelar a cualquier propietario? ¿Quién adquiere por prescripción puede entablar tercería de propiedad? ¿La prescripción adquisitiva requiere de sentencia para ser discutida en el proceso de tercería? ¿Puede el prescribiente ganar una tercería contra el acreedor embargante o hipotecario? Se advierte con estas preguntas y, que a través de ellas se logre reflexionar, en lo rígido e incoherente que tiene nuestro proceso de tercería de propiedad pues como está diseñado, termina siendo un remedio del cual no puede servirse aquel propietario que adquiere por prescripción adquisitiva, dificultando así la discusión de su adquisición tanto en su fase de alegación, al intentar oponerla con o sin contar con sentencia que lo declare, en la valoración al exigir un documento de fecha cierta que contenga el derecho de propiedad y a nivel de oponibilidad al resolverse el conflicto sin discutirse previamente el conocimiento que se pudo haber tenido del derecho del prescribiente. Así pues, por medio de un desarrollo argumentativo descriptivo pero aplicado, (i) describimos la naturaleza de la prescripción adquisitiva como su reconocimiento jurisdiccional para de esta forma, sostener su dable oposición y (ii) evaluamos el diseño que tiene nuestro proceso de tercería de propiedad a nivel de admisibilidad y resolutivo. Así las cosas, a través de una debida argumentación, todo se subsume a una conclusión: la falta de tutela hacia la posición jurídica del prescribiente.
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