Reforma constitucional, para precisar hechos de permanente incapacidad moral como causal de vacancia del presidente de la república, Tacna, 2017

Descripción del Articulo

El presente trabajo de investigación, ha sido desarrollado en base a una problemática presentada a finales del año 2017, donde el Congreso de la República, había planteado una Moción de Orden del Día, N° 4710, en el que contenía el pedido de vacancia, por la causal de permanente incapacidad moral de...

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Detalles Bibliográficos
Autor: Ayala Mamani, Virgilio
Formato: tesis de maestría
Fecha de Publicación:2020
Institución:Universidad Privada de Tacna
Repositorio:UPT-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.upt.edu.pe:20.500.12969/1822
Enlace del recurso:http://hdl.handle.net/20.500.12969/1822
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Incapacidad moral
Vacancia presidencial
Reforma constitucional
http://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:El presente trabajo de investigación, ha sido desarrollado en base a una problemática presentada a finales del año 2017, donde el Congreso de la República, había planteado una Moción de Orden del Día, N° 4710, en el que contenía el pedido de vacancia, por la causal de permanente incapacidad moral del Presidente de la República, frente a ello, el Presidente de la República, sostenía que era inocente y se pretende hacer una vacancia express, y se apoyaba en que le correspondería un juicio político, mientras que el parlamento sostenía que correspondía un juicio moral, la cuestión fue la interpretación de la institución jurídica, su permanente incapacidad moral por parte del parlamento, el parlamento sostenía que mentir para ocultar hechos por conveniencia personal cuando fue ministro de Estado, era un acto inmoral, por ello el análisis y la población consultada determina que es necesario precisar los hechos de permanente incapacidad moral del Presidente y, es necesario incorporar supuestos que configuren la misma y esto genera reformar la constitución de modo parcial en el inciso 2 del Art. 113 de la Constitución Política del Perú de 1993. En base de las instituciones jurídicas analizadas en el marco teórico.
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