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Gastos deducibles y renta empresarial de las empresas constructoras. Distrito el Tambo - 2018

Descripción del Articulo

En la tesis se planteó la siguiente interrogante ¿De qué manera los gastos deducibles se relacionan con la renta empresarial en las empresas constructoras del distrito El Tambo, 2018?; con el objetivo de establecer de qué forma los gastos deducibles se relacionan con la renta empresarial en las empr...

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Detalles Bibliográficos
Autores: Elias Taype, Cyntia, Hinojosa Ramos, Pilar
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2024
Institución:Universidad Peruana Los Andes
Repositorio:UPLA-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.upla.edu.pe:20.500.12848/7074
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12848/7074
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Gastos deducibles
Renta empresarial
Principio de causalidad
Gastos deducibles directos
Gastos deducibles indirectos
Empresas constructoras
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.02.04
Descripción
Sumario:En la tesis se planteó la siguiente interrogante ¿De qué manera los gastos deducibles se relacionan con la renta empresarial en las empresas constructoras del distrito El Tambo, 2018?; con el objetivo de establecer de qué forma los gastos deducibles se relacionan con la renta empresarial en las empresas constructoras del distrito de El Tambo, 2018; en cuanto a la metodología, la investigación considero el método científico (general), el diseño descriptivo correlacional; la muestra estuvo conformada por 83 empresas, a quienes se les administraron los instrumentos de medición (cuestionario); el cual permitió llegar al siguiente resultado que el 61.44% de las empresas constructoras verifican que todos los gastos cumplan el principio de causalidad, normalidad, razonabilidad y los limites exigidos por la ley tributaria; para la prueba de hipótesis se utilizó el valor Z; el cual permitió llegar a la siguiente conclusión que por los desembolsos que las empresas realizan usualmente no aplican el principios de causalidad, normalidad, razonabilidad y los límites conforme exige la Ley del Impuesto a la Renta (LIR) (-9.61 < -1.96); en relación a ello se recomienda que los gastos para que sean deducibles tributariamente deberán cumplir las exigencias de la LIR, como el criterio de causalidad, normalidad, generalidad, razonabilidad; y que sean necesarios para obtener, mantener o incrementar la fuente generadora de renta (producción, comercialización, prestación de servicios, entre otros) y que no se deben exceder los límites permitidos y/o exigidos por la LIR; de esta forma optimizar la determinación objetiva del Impuesto a la Renta.
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