La viabilidad de elegir el régimen patrimonial en la unión de hecho según el artículo 326 del Código Civil peruano

Descripción del Articulo

La presente tesis tuvo como pregunta general: ¿De qué manera la viabilidad de elegir el régimen patrimonial influye en la unión de hecho según el art. 326° del Código Civil peruano? De allí que, el objetivo general fue: Analizar la manera en que la viabilidad de elegir el régimen patrimonial influye...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor: Romero Garcia, Evelyn
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2025
Institución:Universidad Peruana Los Andes
Repositorio:UPLA-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.upla.edu.pe:20.500.12848/11506
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12848/11506
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Régimen patrimonial
Unión de hecho propio
Laguna normativa
Separación de patrimonio
Sociedad de gananciales
Autonomía de la voluntad
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Descripción
Sumario:La presente tesis tuvo como pregunta general: ¿De qué manera la viabilidad de elegir el régimen patrimonial influye en la unión de hecho según el art. 326° del Código Civil peruano? De allí que, el objetivo general fue: Analizar la manera en que la viabilidad de elegir el régimen patrimonial influye en la unión de hecho según el art. 326° del Código Civil peruano, con una metodología de enfoque cualitativo y postura epistemológica del iuspositivismo, además el tipo de investigación básico, con un nivel explicativo, utilizándose la técnica del análisis documental, lo cual, fue procesado mediante la argumentación jurídica, utilizándose los instrumentos de recolección de información: la ficha textual y de resumen. El resultado más significativo fue: La separación del patrimonio, considerado como una opción voluntaria y expresa, en la que, las parejas debidamente reconocidas, pueden elegir la administración de sus bienes de forma personal, siendo así, ello contrasta con la sociedad de gananciales. La conclusión más relevante fue: Se analizo que, la viabilidad de elegir el régimen patrimonial influye de manera positiva en la unión de hecho según el art. 326° del Código Civil peruano, en tanto que, se evidencia una laguna normativa por la falta de regulación expresa respecto a elegir o cambiar el régimen patrimonial, toda vez que, la norma en cuestión no debe ser una imposición arbitraria, más bien, una elección libre y voluntaria, el cual, protege los derechos fundamentales de los convivientes. Por último, la recomendación fue: Modificar del art. 326° del Código Civil.
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