La vulneración del derecho a suceder respecto al reconocimiento post mortem de la unión de hecho, en la ciudad de Huancayo, 2018
Descripción del Articulo
La tesis parte del siguiente problema: ¿de qué manera se vulnera el derecho a suceder respecto al reconocimiento post mortem de la unión de hecho, en la ciudad de Huancayo, 2018?; siendoel objetivo: determinar de qué manera se vulnera el derecho a suceder respecto al reconocimiento post mortem de la...
Autor: | |
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Formato: | tesis de grado |
Fecha de Publicación: | 2023 |
Institución: | Universidad Peruana Los Andes |
Repositorio: | UPLA-Institucional |
Lenguaje: | español |
OAI Identifier: | oai:repositorio.upla.edu.pe:20.500.12848/6476 |
Enlace del recurso: | https://hdl.handle.net/20.500.12848/6476 |
Nivel de acceso: | acceso abierto |
Materia: | Derecho a suceder Post mortem Unión de hecho https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 |
Sumario: | La tesis parte del siguiente problema: ¿de qué manera se vulnera el derecho a suceder respecto al reconocimiento post mortem de la unión de hecho, en la ciudad de Huancayo, 2018?; siendoel objetivo: determinar de qué manera se vulnera el derecho a suceder respecto al reconocimiento post mortem de la unión de hecho, en la ciudad de Huancayo, 2018, asimismo se plantea como hipótesis de investigación la siguiente: el derecho a suceder se vulnera respecto al reconocimiento post mortem de la unión de hecho al no existir un pleno reconocimiento jurídico una vez fallecido el causante, en la ciudad de Huancayo, 2018.; la investigación se ubica dentro del tipo jurídica social, en el nivel descriptivo; la población se encuentraconformada por abogados en Derecho Civil de la ciudad de Huancayo, que de acuerdo al presente caso, serán considerados en el número de 50. Asimismo, la muestra se encuentra constituida por abogados de la ciudad de Huancayo, que, de acuerdo al presente caso, serán considerados en el número de 45 abogados en Derecho Civil. El tipo de muestreo que se utiliza es el muestreo probabilístico aleatorio simple. Se utilizaron los métodos: inductivo – deductivo. Para la recolección de información se utilizará la observación y la entrevista, y como instrumento de recolección de datos se empleará el cuestionario. Como conclusión se ha mencionado lo siguiente: el análisis teórico, normativo y jurisprudencial ha determinado que en el caso del reconocimiento a posteriori de la unión de hecho, los derechos sucesorios se ven afectados porque las personas distintas de los convivientes no tienen derecho a realizar el proceso administrativo o judicial de reconocimiento de la unión de hecho después de la muerte por causa de muerte. El acto de reconocimiento, desconociéndose la oportunidad y los intereses económicos y morales de los hijos o personas interesadas en dicho reconocimiento Los resultados muestran que el derecho al éxito en el derecho civil peruano se resiente en el caso del reconocimiento ex post facto en el caso de uniones de hecho, ya que las personas distintas de los convivientes no tienen derecho a realizar trámites administrativos o judiciales para el reconocimiento en caso de destitución, muerte del matrimonio de hecho. |
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Nota importante:
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la institución que gestiona el repositorio institucional donde esta contenido este documento o set de datos. El CONCYTEC no se hace responsable por los contenidos (publicaciones y/o datos) accesibles a través del Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto (ALICIA).
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