El derecho a una indemnización por daño moral a los menores tardíamente reconocidos y el interés superior del niño

Descripción del Articulo

“El tema del presente trabajo está referido a la regulación de una norma que contemple la figura de una indemnización por daño moral a los hijos que han recibido un reconocimiento tardío por parte de sus progenitores ante la falta de reconocimiento paterno de los hijos, cuestión que incluye los supu...

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Detalles Bibliográficos
Autores: Aliaga Aquino, Katherine Milagros, Puertas Anccasi, Alberto
Formato: tesis de grado
Fecha de Publicación:2023
Institución:Universidad Peruana Los Andes
Repositorio:UPLA-Institucional
Lenguaje:español
OAI Identifier:oai:repositorio.upla.edu.pe:20.500.12848/5774
Enlace del recurso:https://hdl.handle.net/20.500.12848/5774
Nivel de acceso:acceso abierto
Materia:Derecho a una indemnización
Daño moral
Menores tardíamente reconocidos
Interés superior del niño
https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Descripción
Sumario:“El tema del presente trabajo está referido a la regulación de una norma que contemple la figura de una indemnización por daño moral a los hijos que han recibido un reconocimiento tardío por parte de sus progenitores ante la falta de reconocimiento paterno de los hijos, cuestión que incluye los supuestos en los cuales el padre se sustrae a reconocer voluntariamente a su descendencia, aun cuando este sabe que es el verdadero padre del menor y niega tal hecho”. El problema general de la presente es: ¿de qué manera se debe regular el derecho a una indemnización por daño moral a los menores que han sido reconocidos tardíamente para tutelar el interés superior del niño?, siendo su objetivo general: determinar de qué manera se debe regular el derecho a una indemnización por daño moral a los menores que han sido reconocidos tardíamente para tutelar el interés superior del niño. “El supuesto general planteado fue que sí se debe regular el derecho a una indemnización por daño moral a los menores que han sido reconocidos tardíamente para tutelar el interés superior del niño, a fin de generar un resarcimiento por el daño causado. Los métodos generales que se utilizaron fueron el método inductivo y deductivo, siendo su tipo de investigación la de carácter jurídico social, el nivel de investigación es de tipo explicativo, de diseño de investigación no experimental”. Como conclusión de la presente investigación: “se ha determinado que sí se debe regular el derecho a una indemnización por daño moral a los menores que han sido reconocidos tardíamente para tutelar el interés superior del niño, a fin de generar un resarcimiento por el daño causado. La posibilidad de determinar la responsabilidad del progenitor que no reconoce voluntariamente a su hijo deriva de la negación de este reconocimiento, lo cual genera la necesidad de una reforma legislativa que incluya la indemnización por daño moral en el caso de hijos reconocidos tardíamente”.
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